El Gobierno de Aragón actualizará de forma inminente sus procedimientos de actuación ante el riesgo de inundaciones, con la activación del nuevo plan especial Procinar, que ayer aprobó el Consejo de Gobierno. Un plan que no se actualizaba desde el 2006, según destacó la consejera de Presidencia, Mayte Pérez, por lo que su renovación servirá para adecuarlo a los medios y procedimientos técnicos actuales.

El plan recibió ya el pasado mes de abril el visto bueno de la Comisión Permanente de Protección Civil en Madrid. Según detalló el Gobierno de Aragón entonces, incorpora los datos del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, clasificándolas en distintos niveles de riesgo (alto frecuente, alto ocasional, alto excepcional, bajo, sin riesgo, etc.) según los registros. También incluye mapas de riesgo para la población por inundaciones, rotura de presas o riesgos de planeamiento urbanísticos, entre otros elementos consultables.

El plan adapta también la estructura y la organización a la establecida en el Plan Territorial de Protección Civil de Aragón (Platear), con una estructura operativa de mando único, el director del plan, y dos órganos de dirección y mando: el Centro de Coordinación Operativa (Cecop) y el Puesto de Mando Avanzado (PMA), que ya se venían usando en las últimas emergencias.

También adapta al plan Platear las fases (alerta, emergencia y normalización) y establece los mismos tres niveles de emergencia que señala el plan territorial: nivel 1, para inundaciones en zonas localizadas, de los que se puede hacer cargo el municipio con los medios del plan Procinar; nivel 2, para aquellos casos en los que las inundaciones requieran la participación de medios ajenos al plan (o los sistemas de predicción permitan prever una extensión o agravación significativa) y nivel 3, ante situaciones cuya gravedad o alcance de los riesgos pongan en juego el interés nacional, declarándose por tanto el ministro del Interior.

Finalmente, el Procinar incorpora un inventario de presas y balsas, con planes de emergencia y las afecciones en caso de rotura, con láminas de inundación y afecciones georreferenciadas. Este apartado determina qué municipios deben tener un plan de ámbito local ante inundaciones y su contenido.