El Gobierno de Aragón ha presentado hoy la campaña de acogimientos familiares con la que pretende «conseguir que entre los menores que necesitan protección en la comunidad haya menos niños, niñas y adolescentes en instituciones que en familias», según señaló la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto.

Broto señaló que el Ejecutivo autonómico tiene en estos momentos 370 niños y niñas tutelados de los cuales 253 no «tienen la oportunidad de tener una familia» y se encuentran en centros residenciales de acogida. Junto a la consejera, también asistieron a la presentación de la campaña la jefa de servicio de Atención a la Infancia y a la Adolescencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), María José Bajén, y la presidenta de la Asociación de Acogimientos Familiares de Aragón (ADAFA), Marta Vázquez.

Broto expresó que en estos malos momentos de pandemia y de confinamiento era muy importante que los niños «se sientan acogidos» y para ello apeló a «cualquier modelo de familia» que pueda ponerse a disposición de estos pequeños. La consejera de Ciudadanía de la DGA, asimismo, señaló que desde el primer momento este Gobierno iba a optar por una «legislatura de la infancia», con el objetivo primordial de favorecer a los niños y niñas sin familias.

Y existe un dato que lo reafirma. Desde que comenzó este programa de acogida en el año 2015, se ha conseguido que todos los niños y niñas menores de seis años consiguieran ser acogidos por una familia.

En la comunidad hay, actualmente, 117 niños que conviven con una familia de adopción. De ese total, 45 niños lo hacen con una familia ajena y 72 con una familia extensa. Esos núcleos familiares que se han puesto a disposición de estos pequeños suman en total 89 a día de hoy en Aragón.

Además, ese número de familias, según informó ayer Bajén, había pasado de las 39 en 2015 a las 89 familias este año 2020. Y, por otro lado, la jefa de servicio de Atención a la Infancia y a la Adolescencia del IASS señaló como otro de los focos de atención, el acogimiento de niños a partir de los once años, donde es mayor el entorno residencial que el familiar. De once años a 17 años, 248 niños están en centros y 59 en familias de acogida, según informó Bajén.

«Es importantísimo que sigamos trabajando en esta línea para conseguir que, sin importar la edad, todos los niños, niñas y adolescentes puedan beneficiarse de las experiencias positivas que tiene vivir y crecer en una familia. La sociedad debe entender que no solo hay niños pequeños, sino que, para uno de once años o para un preadolescente, o adolescente también es muy importante crecer en un hogar», añadió la propia María José Bajén.

Del mismo modo, la jefa de este servicio del IASS recordó que la primera actuación que prevé la Administración -antes de retirar temporalmente a un niño, niña y adolescente, o a un grupo de hermanos de su hogar de origen- es trabajar dentro de la familia, para lo cual actualmente hay 65 profesionales en las tres provincias realizando intervenciones familiares (54 en Zaragoza, ocho en Huesca y tres en Teruel).

Por su parte, la presidenta de Adafa, Marta Vázquez, ha señalado que su familia es una de esas familias de adopción aragonesas y ha invitado a la sociedad «a que se interese, a que se informe», porque ver la satisfacción de esos niños «paga con creces todo lo que hacemos».

¿Qué es un acogimiento familiar y qué tipos hay?

Un acogimiento familiar es un recurso, dentro del ámbito de la protección de menores, que proporciona temporalmente una familia alternativa a la de origen a aquellos niños y niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden convivir con la suya propia.

Se pueden diferenciar tres tipos diferentes de acogida familiar: acogimiento de urgencia (principalmente para menores de seis años que tendrá una duración no superior a seis meses, mientras se diagnostica la situación familiar o se decide una medida más estable y duradera); acogimiento temporal (con una duración máxima de dos años, tendrá carácter transitorio, bien porque la situación del menor prevea la reintegración de éste en su propia familia, o bien en tanto se adopte una medida de protección que revista carácter más estable) y acogimiento permanente (se constituirá al terminar el plazo de dos años de acogimiento temporal por no ser posible la reintegración familiar).