El Gobierno de cada comunidad autónoma ejerce la tutela de los menores sin familiares conocidos que llegan a España hasta su mayoría de edad, como recoge el artículo 62 de la Ley de Extranjería, según manifestó el fiscal de Menores, Carlos Sancho. En este sentido, como padre adoptivo, la Administración autonómica garantiza los estudios de los adolescentes hasta los 16 años, e incluso correrá a cargo de otros estudios superiores en el caso de que los menores quieran seguirlos. En caso contrario, se les enseña un oficio. Una vez que tienen 18 años, adquieren automáticamente la nacionalidad española. Si los menores cometen delitos y son juzgados y condenados con posterioridad a la mayoría de edad, procede la repatriación. Esta medida no se aplica a los menores que llegan a España sin padres conocidos, salvo que se localice a familiares que quieran hacerse cargo de ellos o si en el país receptor existe un Servicio de Protección de Menores, circunstancia que no se produce en Marruecos. Además, la mayoría de los niños que llegan solos de este país rehúsa facilitar datos para localizar a sus familiares. Los casos son menos complejos con los menores de otros países, como Rumanía, adonde son repatriados la mayoría de los que llegan en estas circunstancias después de identificar y ponerse en contacto con su familia. Sancho reconoció que en algunas comunidades autónomas, que no es el caso de Aragón, se ha producido una sobresaturación de estos menores que entran ilegalmente en España y que existe una indefinición administrativa sobre su situación legal que se prolonga en el tiempo.