GUARDERÍAS: Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de los gastos de guarderías o centros de educación infantil, de hijos menores de 3 años, con un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito en estos centros.

TASAS: Las administrativas no se incrementan, por primera vez en los últimos ejercicios, aunque algunas sufren modificaciones.

VIVIENDA: El beneficio fiscal por compra de vivienda habitual se puso en marcha en el 2012 para los municipios de menos de 3.000 habitantes. Ahora se extiende a los núcleos que no tienen suficiente entidad para considerarse municipio.