Los trabajadores designados para la prestación de los servicios mínimos durante la huelga de limpieza de los centros sanitarios del pasado año podrán reclamar indemnización de daños y perjuicios en virtud de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que anula dichos servicios mínimos.

La sentencia del 1 de abril de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, notificada el pasado martes, anula los servicios mínimos impuestos por el consejero de Sanidad por la huelga en las empresas concesionarias del servicio de limpieza de los centros dependientes del Salud en todo el territorio aragonés, salvo en el caso del Hospital Miguel Servet de Zaragoza, según ha informado CCOO en un comunicado.

Este sindicato ha informado a los trabajadores afectados que, con esta sentencia, pueden reclamar indemnización de daños y perjuicios por la vulneración del derecho fundamental de huelga, movilización que se llevó a cabo entre el 20 de mayo y el 7 de julio de 2013.