La compañía Endesa Generación debe hacer entrega a bajo coste del 25% de la energía producida en doce de los saltos que explota en la cuenca del Ebro, con efecto desde el año 2012.

El presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), Xavier de Pedro, ha firmado la resolución que declara esta obligación para Endesa Generación, referente a la energía reservada reconocida en sus títulos concesionales y en la normativa aplicable.

Se responde así a las alegaciones presentadas por la empresa contra esta reclamación por parte de la Administración, ha informado la Confederación.

La obligación tiene efecto desde 2012 y la CHE destinará esta energía o su pago por equivalente a fines de servicio público, en concreto a los objetivos fijados en el Plan Hidrológico de la Demarcación, como restitución territorial, restauración ambiental y eficiencia y modernización de regadíos.

Además de para las necesidades energéticas para la gestión pública del agua de la Confederación y comunidades de usuarios como entidades de derecho público.

Según la CHE, ante el incumplimiento de esta obligación, se ha aprobado el pago de una indemnización por la energía no servida en cada uno de los doce aprovechamientos implicados que se destinará a finalidades de servicio público.

El Organismo y Endesa han abierto vías de diálogo y han trasladado su interés por alcanzar un acuerdo que suponga el cumplimiento de esta cláusula concesional.

En espera de ese acuerdo, la resolución fija un plazo de un mes para que la empresa oferte un precio individualizado que permita hacer efectiva la adquisición de la energía reservada en cada uno de los aprovechamientos.

Asimismo, la CHE ha anunciado que un nuevo incumplimiento supondrá iniciar el procedimiento para declarar la caducidad de las concesiones o la suspensión de la explotación, en su caso.

Por el incumplimiento hasta la fecha y ante la imposibilidad de una ejecución forzosa, la Confederación ha aprobado la liquidación de una indemnización compensatoria o equivalente en cada salto, en concepto de energía reservada, desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 30 de septiembre de 2013 (a falta de liquidación del último trimestre del año pasado).

Hasta que no se cumpla el requerimiento para la oferta de precios en cada aprovechamiento, el Organismo liquidará a la empresa un cobro por equivalente de forma trimestral.

La obligación de entrega de la energía y por tanto del pago por indemnización tiene efecto desde el 1 de enero de 2012 porque la Presidencia del Organismo ya había realizado un primer requerimiento por escrito y vía oficial en octubre de 2011 para que se entregara la reserva desde ese plazo.

Por tanto, se había ejercido ya el derecho a la energía reservada y a partir de ese momento, la negativa de la empresa a entregarla no puede implicar un enriquecimiento injusto.

La CHE ha informado, por otra parte, de que tiene abiertos desde octubre dieciséis expedientes para reclamar a cuatro empresas del sector energético (Endesa Generación, Iberdrola, Acciona e Hidro-Nitro Española) el cumplimiento de una cláusula incluida en concesiones de algunos saltos hidroeléctricos por la que deben reservar para el Estado energía para fines de servicio público de gestión del agua.