El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de pronunciarse sobre el único recurso que se interpuso tras la revisión del callejero fiscal de Zaragoza a la ordenanza que regula el Impuesto sobre las Actividades Económicas (IAE), planteado por la empresa Saica, y el escenario que se presenta con la sentencia podría acabar encareciendo el recibo a más de 3.000 empresas en la capital aragonesa. Porque lo que solicitaba la firma instalada en el distrito de El Rabal se ha estimado parcialmente, y aunque no es firme, si lo fuera acabaría subiendo la factura hasta a ella misma.

Se pretendía anular la revisión del callejero fiscal que en el 2017 le situaba en una categoría con un coeficiente más alto y se ha acabado invalidando los índices que se aprobaron para ese año y el actual, y que se abarataban entre un 3,5% y un 9,4%. Porque el magistrado de la Sección 2ª de la Sala de los Contencioso-Administrativo del TSJA considera que en aquella modificación de los coeficientes, que aprobaron los votos de Zaragoza en Común (ZeC), PSOE y CHA, el ayuntamiento «no ha colmado las exigencias mínimas de motivación» para justificarlo, como publicó ayer Heraldo. Y por ello los declara «nulos» y, automáticamente, los devuelve a los que estaban antes, más altos.

Esta circunstancia beneficiaría a los intereses de Saica si no fuera porque desestima otra petición referida a lo que más le afectó entonces: la revisión del callejero fiscal en Zaragoza. En esta, las instalaciones de la empresa pasaban de estar en la categoría 8 a la 4, elevando el coeficiente sobre el que se calculaba su recibo. Concretamente, pasaba de ser un 1,33 al 2,23 que se aprobó para la categoría 4 en ese 2017. Eso encarecía su recibo un 68%, y no estaba de acuerdo con el criterio aplicado para tal cambio.

En aquella revisión, el consistorio aprobó reducir las nueve categorías que existían a solo siete, de manera que Saica defendía que su edificio debía tributar en la séptima, no en la cuarta como finalmente acabó encuadrada. En ese caso, el coeficiente que le correspondía era de 1,52, más bajo que el 2,23 que acabó pagando.

INFORME DE LA UNIVERSIDAD // Pero la sentencia del TSJA avala esa revisión y zanja la cuestión de forma categórica, entre otras cosas porque atiende al estudio encargado, por 14.000 euros, a la Universidad de Zaragoza y que justificó esa agrupación de categorías y reordenación de las empresas que se integraban en cada una de ellas. «El ayuntamiento ha probado las circunstancias que permitan ponderar el cambio o modificación de las distintas categorías de calles», afirma el fallo judicial. Y añade que Saica lo discute «sin acompañar una prueba pericial que permita desvirtuar fundadamente las conclusiones sentadas por la Administración» a partir del estudio de la universidad. Se desestima. Pesan más los argumentos de los catedráticos que, resaltaban que tras 20 años sin actualizar, la ciudad había evolucionado lo suficiente como para reducir las categorías y reagrupar en las nuevas a las diferentes empresas.

Así que, con esta estimación parcial de la demanda, la pregunta ayer era obvia: ¿En qué afecta a la recaudación? La respuesta del Gobierno de Zaragoza en Común (ZeC), en boca del alcalde accidental Alberto Cubero, fue la de garantizar que el ayuntamiento va «a recurrir en casación al Tribunal Supremo». Porque no está conforme con la valoración del TSJA sobre si la justificación aportada para modificar los coeficientes era la suficiente, algo sobre lo que el Supremo ya se pronunció años atrás en un recurso similar referido al IBI.

Lo hará pese a que, si fuera firme, le reportaría una mayor recaudación. Según las fuentes oficiales, «2,2 millones de euros más al año». En aquella modificación del IAE, se congelaron los coeficientes para las categorías más altas (la 1, 2 y 3) y se bajaron los de la 4, 5, 6 y 7, para que el incremento de ingresos fuera de solo un millón más. Si se invalida, quedarán como estaban, y se convertirían en 3,2 de aumento. Los 21,7 millones serían 24 ahora.

¿Quiénes lo pagarían? Las 681 empresas que, como Saica, están en la 4 -su coeficiente pasaría del 2,23 al 2,39-; las 414 de la 5 -del 1,9 actual pasaría al 2,08-; las 584 de la 6 -del 1,67 pasaría al 1,73- y las 1.351 de la 7 -subiría del 1,52 al 1,62-. Eso, cuando sea firme.