La Fiscalía de Huesca ha tomado una decisión sin precedentes en Aragón al solicitar al Juzgado de Boltaña que abra diligencias penales contra los cuatro furtivos que fueron sorprendidos el pasado 7 de noviembre cazando sarrios de forma ilegal en la reserva de Viñamala, en el valle oscense de Broto. A los imputados, entre los que figura el tercer jefe de la Guardia Civil de Ciudad Real y exjefe del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la provincia, además de un antiguo guía del parque de Ordesa, se les atribuye la comisión de un presunto delito contra la fauna silvestre no protegida en un espacio natural no autorizado.

La decisión del ministerio público llega quince días después de que el Departamento de Medio Ambiente de la DGA le remitiera el expediente tras hallar indicios delictivos en la actividad de los denunciados, que portaban un ejemplar entero y la cabeza de otro. A los cazadores se les intervinieron también dos rifles justo cuando abandonaban la zona. Aunque tenían permiso para ejercer la actividad en el cercano coto de Fanlo, no gozaban de autorización para hacerlo en la reserva.

En este caso, la Fiscalía se ha apoyado en el nuevo Código Penal para argumentar su decisión, por la que, en principio, se aplicaría a los furtivos el artículo 335.2 del texto, que establece penas de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación especial para cazar o pescar durante un plazo de uno a tres años. Sin embargo, se ha encontrado una circunstancia agravante en los hechos, ya que actuaron más de tres personas, por lo que la sanción se debería establecer en su mitad superior.

Ahora, el juez tendrá que decidir si admite la petición o si, por el contrario, archiva la causa. En caso de producirse este último supuesto, sólo se podría actuar contra los cazadores por vía administrativa y la sanción máxima sería de 3.000 euros. El endurecimiento de las multas anunciado por la DGA, que contempla hasta 60.000 euros como castigo, no se impondría en este caso, ya que no contempla un efecto retroactivo.

Como el sarrio no se trata de una especie amenazada, sino cinegética con un grado de protección especial --a diferencia de otras como el oso--, el delito no contempla penas de prisión para quienes infringen el Código Penal. Este hecho conlleva una serie de problemas judiciales, ya que el tipo aplicado en el caso de los cuatro furtivos recoge sanciones similares para casos de muy distinta gravedad.

INCOGNITAS Algunos expertos consultados por este periódico explicaron que se puede producir "un colapso de los juzgados si se cumple la legislación de forma estricta, ya que el delito contra estos furtivos sería el mismo que, por ejemplo, se le podría atribuir a un cazador que por error se pasa de un coto a otro para el que no tiene permiso". "Ahora habrá que ver si se actúa de igual manera ante todas las denuncias de esta clase que se interpongan, como en teoría se debería hacer según la ley. Por eso, tendrán que ser los jueces quienes diferencien el nivel de gravedad de cada caso, porque la diferencia entre muchos de los supuestos es muy notoria. Hasta que no exista jurisprudencia del Tribunal Supremo, no será fácil aplicar la normativa de forma real", indicaron dichas fuentes.

De hecho, la solicitud de apertura de diligencias por parte de la Fiscalía de Huesca contra los cuatro cazadores --H. U., H. R. M., A. C. V. G. Y J. L. C. G.-- sería la primera ocasión en que se produce este hecho desde que comenzó a aplicarse la reforma del Código Penal el pasado 1 de octubre. Pero desde entonces, sólo el Seprona de Huesca ya ha interpuesto en torno a una decena de denuncias por hechos que aparecen recogidos también en el artículo 335.2, aunque en principio son menos graves. Por el momento, se desconoce si la Fiscalía también solicitará la apertura de diligencias penales por todos estos casos.