El juicio contra Leoncio Moreno Pérez quedó ayer visto para sentencia. Durante dos días ha sido juzgado por el atropello mortal de dos ciclistas, Enrique Comín y Alberto Martínez, en agosto del 2016. Sin embargo, para su abogado defensor, «no ha quedado acreditado» que el consumo de alcohol por parte del procesado haya «influido» en la muerte de estos dos corredores zaragozanos y, por tanto, propuso que el acusado fuera condenado a la pena mínima de tres meses de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito contra la seguridad vial. El homicidio imprudente, por el que se enfrenta a cuatro años de prisión, lo descartó.

Una propuesta que sorprendió a los familiares de los fallecidos y a sus abogados, Virginia Laguna, Ignacio Íñiguez y Mariano Montesinos. Momentos antes, los doctores del Instituto de Medicina Legal de Aragón, Salvador Baena y Juan Antonio Cobo, habían destacado que el encausado era una «bomba» al volante, basándose en las dos pruebas de alcoholemia que le practicó la Guardia Civil de Tráfico, casi una hora después del siniestro (10.29 horas), y en las que este hombre dio una tasa de 0,76 y 0,66 mg/l.

TASAS / Pero los forenses fueron más allá y resaltaron que en el momento del accidente mortal pudo haber dado 0,90 y que en el siniestro previo de la A-23 (a las 09.00 horas), cuando chocó contra una bionda, la tasa pudo llegó a ser de 0,98mg/l. Este resultado, tal y como apuntaron los facultativos, es como si hubiera bebido «medio litro de coñac» y no las «seis o siete cervezas» que apuntó el encausado en la primera jornada de la vista oral.

Un estudio matemático que presentaron estos especialistas, a partir de la fórmula de Widmark que analiza el consumo de un individuo en el momento de etiloxidación lineal (asimilación del alcohol por parte del cuerpo) como el que presentó cuando Leoncio Moreno Pérez arrolló a las víctimas. Junto con las muestras realizadas por los investigadores del instituto armado, los médicos tuvieron en cuenta que no bebió en el periodo de tiempo entre las 4.00 horas y el momento del análisis que ya fue con posterioridad a la tragedia.

Es por todo ello que el doctor Cobo no dudó en calificar de «conducción terrible» la que llevó a cabo el procesado, puesto que con esa cantidad «ningún conductor tiene tiempos de reacción lógicos, se cometen errores de comisión, de decisión y de acción, los tiempos están totalmente alterados y se dan respuestas inadecuadas en todo momento». Otra de las cuestiones que resaltaron los forenses es que Enrique Comín y Alberto Martínez murieron en el acto por un traumatismo craneoencefálico. Aunque sus cuerpos presentaron otras lesiones propias del golpe que les hizo salir despedidos, la principal causa del fallecimiento fueron las lesiones cerebrales. Ambos llevaban el casco de seguridad.

INFORME / Durante la segunda sesión del juicio, desde la defensa se presentó el informe de un ingeniero, quien se limitó a poner en duda la investigación por considerar que no recabaron todos los datos necesarios para «dar una conclusión con exactitud». Aunque no ofreció ninguna conclusión alternativa, criticó que no se analizara «de forma correcta la velocidad» o las marcas de las ruedas de las bicicletas aparecidas en la calzada y que señalan el lugar exacto del siniestro. La Benemérita apuntó que el problema en este accidente no fue la velocidad, sino que no hubo una maniobra que evitara arrollar a los dos ciclistas que circulaban correctamente. Para las acusaciones, de lo que no hay ninguna duda es que la «conducción del acusado fue temeraria a todas luces y puso en riesgo a todos los usuarios de la vía».

El futuro de Moreno Pérez está ahora en manos del magistrado Eduardo Marquina. Se enfrenta a 4 años de prisión por un delito de homicidio imprudente en concurso con otro de conducción temeraria, tal y como solicitan la Fiscalía y una de las acusaciones. Otro abogado de los fallecidos eleva la petición a 6 años por entender que no hay concurso de delitos. La indemnización ronda los 600.000 euros.