El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la modificación del decreto de 1997 de acampadas juveniles en Aragón para actualizar los tipos de actividades y endurecer los requisitos de seguridad ante el aumento de campamentos y actividades de riesgo en la Comunidad.

Así, a las acampadas juveniles y colonias que recogía la normativa de 1997 se unen también el campo de voluntariado juvenil y las actividades de aventura.

Del mismo modo, la ratio de monitores por participantes pasa de 1 por cada 12 a 1 por cada 10, de los que el 75 por ciento deberá disponer de las titulaciones exigidas, cuando hasta ahora era la mitad.

Lo mismo se ha hecho con los requisitos que deben cumplir en cuanto a formación los directores y los monitores de estas actividades.

El portavoz del Gobierno, Vicente Guillén, ha explicado en rueda de prensa que ha sido el Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ) el que ha impulsado estas modificaciones debido a las demandas del sector y a la proliferación de las acampadas juveniles y actividades de riesgo.

Para ello, el proyecto de decreto fue sometido a consulta pública, en la que recibió 139 aportaciones, de las que dos terceras partes fueron aceptadas, así como talleres de debate en los que participaron 51 entidades.

Se incorpora también a este decreto como novedad la notificación por registro electrónico y marca una antelación mínima de 20 días laborables antes del inicio de la actividad.

En cuanto a los requisitos sobre el emplazamiento de las actividades se recogen dos posibilidades: los establecidos en el reglamento general de acampadas y la creación por parte del IAJ de un registro que recoja aquellas zonas que reúnan condiciones aceptables frente a posibles riesgos de inundaciones, incendios o movimiento de terrenos.

El nuevo decreto exige también un seguro de accidentes, que no contemplaba el de 1997, y otro de responsabilidad civil.

Del mismo modo, marca la obligación de elaborar protocolos de actuación y coordinación entre el IAJ y otras administraciones u organismos con competencia en la materia, además de la inspección de las actividades recogidas.

Se crean, asimismo, entre el personal de estas actividades, las figuras de responsable de primeros auxilios y de seguridad, la obligatoriedad de contar con un plan de emergencias y alojamientos temporales en caso de evacuaciones o de tener los teléfonos de las administraciones y fuerzas y cuerpos de seguridad próximos al área de acampada.

Se deberán también revisar las dificultades y el estado reciente de los recorridos que se tengan previstos llevar a cabo con los menores con anterioridad a la fecha en la que se lleven a cabo.

Otra de las novedades es la obligatoriedad de la firma de protocolos de actuación entre los propios organismos de la administración que velan por el buen funcionamiento de actividades, como entidades locales, departamentos competentes en protección civil, salud y medio ambiente.

Por último, también será obligatoria la incorporación de un anexo con los requisitos sanitarios exigibles durante la realización de las actividades, así como disponer de un plan de emergencia según el modelo facilitado por el IAJ.