El Gobierno central ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad contra el decreto de medidas urgentes contra la plaga de conejos que promulgó el Ejecutivo aragonés el pasado mes de octubre. Concretamente, contra los artículos que regulan la caza nocturna y con jaulas, este último sin licencia necesaria.

Por el momento, el asunto se intentará solventar mediante la comisión de conflictos de la bilateral Aragón-Estado, uno de los pocos aspectos de esta que funciona con cierta asiduidad y agilidad. Así aparecía ayer publicado tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el de Aragón (BOA).

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón no aclaró ayer qué es exactamente lo que el Gobierno central ha puesto en cuestión del decreto, para acabar llevándolo al Tribunal Constitucional. Lo que sí refleja la propia resolución es los artículos concretos que se analizarán, ambos correspondientes a las modalidades de caza autorizadas por este decreto.

El primero, textualmente, refleja que «al objeto de aumentar la seguridad y eficacia en la caza nocturna del conejo conforme a lo previsto por el Plan General de Caza, los cazadores que la practiquen en el ámbito de aplicación de este Decreto-Ley deberán utilizar dispositivos de iluminación artificial adecuados».

El segundo se refiere a la caza en vivo con jaulas-trampa, actividad que, en los municipios con superpoblación de conejo, se autoriza durante todo el año, tanto en terrenos cinegéticos como en los que no son. Y lo que a priori parece más controvertido, lo autoriza sin necesidad de licencia de caza, solo con la autorización del propietario del coto o, en su caso, del terreno agrícola donde se instalen.

En cuanto a los sistemas, dependen de la regulación de la dirección general correspondiente.

Ambos artículos serán debatidos por el grupo de trabajo que la comisión bilateral designe, para intentar alcanzar un entendimiento antes de que el asunto llegue al Tribunal Constitucional. Un órgano que, en los últimos tiempos, ha dado algún disgustos notorio a los grupos de Gobierno (no así a la oposición), como al tumbar el grueso de la Ley de Actualización de Derechos Históricos. Aunque en otros, como en el decreto de Vivienda que permitía la expropiación de uso de inmuebles vacíos de bancos o grandes tenedores, sí se ha resuelto, al menos en parte, a gusto del Ejecutivo autonómico.

El Gobierno de Aragón aprobó el decreto de medidas urgentes en octubre para acotar la plaga de conejos que asolaba a 118 municipios aragoneses, con los daños que estos estaban provocando sobre todo en cultivos, aunque también en algunas infraestructuras municipales.

Las medidas, como las ahora recurridas por el Gobierno central, ampliaban las posibilidades y modalidades de caza habitualmente utilizadas. Aunque más que esta ampliación, por lo que destacaba la norma era por hacerlas obligatorias, ya que, como posibilidad, ya figuraban en la ley de caza y algunos cotos, de hecho, las aplicaban. De ahí que sea llamativo este recurso del Ejecutivo central.

La obligatoriedad de los propietarios de cotos y de los propietarios de infraestructuras de tomar medidas para acotar la proliferación de conejos sembró ciertas dudas durante la tramitación, pero la Federación Aragonesa de Caza la acogió de buen grado. Se estableció un sistema de voluntarios para acudir a los cotos cuyos cazadores no pudiesen asumir las batidas previstas, dejando las sanciones para los que ni cazaran ni pidiesen apoyo.