Miguel B. G. ha sido absuelto de haber violado a una amiga en su coche, hecho por el que esta pedía para él nueve años de prisión, y el fiscal, siete. Los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial han visto probado que, como ambos contaron, hubo un encuentro sexual, pero no consideran acreditado que este fuera contra la voluntad de la joven denunciante.

Según los hechos probados de la sentencia, acusado y denunciante mantuvieron una relación esporádica durante un tiempo, fundamentalmente a través de whatsapp y con algún beso ocasional, hasta que en un momento dado mantuvieron relaciones sexuales dos veces.

La siguiente vez que quedaron, en mayo del año pasado, él la llevó en coche hasta donde solían ir para estos encuentros, un aparcamiento próximo a Juslibol, y allí mantuvieron relaciones de nuevo, pero ni se produjeron lesiones ni hay ningún otro indicio, salvo el testimonio de la joven, de que fueran forzosas. Él la llevó a casa y ella, más tarde, le contó los hechos a un amigo y a su novio, quien a su vez se lo dijo a sus padres y estos la acompañaron a denunciar, un mes después.

El acusado, defendido por Pilar Arnas, expuso en el juicio que el sexo fue consentido, y los jueces no ven pruebas de que fuese de otro modo.

Entre otras cosas, exponen, las forenses no apreciaron secuelas psicológicas habituales -como un empeoramiento del rendimiento académico, que de hecho fue a mejor- y subrayan que la joven no llegó a hablar a las forenses de una violación vaginal como la que describió en la sala. De hecho, una de las forenses remarcó que le había llamado la atención que el chico y la chica habían descrito prácticamente los mismos hechos (un intento de penetración anal al que ella se negó), solo que los habían percibido de manera distinta.

En definitiva, los jueces no ven el testimonio de la chica lo suficientemente contundente para condenar al joven.