La Audiencia de Zaragoza ha condenado a seis años de cárcel a José Antonio Pradales como autor de una agresión sexual de la que fue víctima una joven con la que días antes había tenido contacto por Whatsapp y con la que había acudido a un hotel de parejas situado en la localidad de Cadrete, cerca de Zaragoza.

Los hechos ocurrieron el 10 de diciembre del 2018. El acusado, de 26 años, acudió en taxi al domicilio de la denunciante sobre las ocho horas y, desde allí, fueron a buscar el vehículo del acusado, que estaba aparcado junto a un bar de copas. A continuación se dirigieron al domicilio del hombre y, posteriormente, a una tienda a comprar una botella de licor. José Antonio, dice la sentencia, dijo que se había olvidado las llaves de su vivienda dentro de la misma, por lo que propuso trasladarse a un hotel de Cadrete.

El imputado mantuvo durante la vista oral que habían mantenido relaciones mutuamente consentidas, pero el tribunal juzgador establece en los fundamentos de derecho que medió violencia o intimidación. En este sentido, explica que la mujer, tras un intercambio de besos y caricias, “manifestó claramente que no quería tener una relación sexual completa”, actitud ante la que el acusado “reaccionó empujándola y sujetándola fuertemente por los brazos y el pelo”, al tiempo que la despojaba de su ropa.

Se iniciaron a partir de ese momento, según la resolución judicial, “una serie de actos violentos contra” la víctima, “tendentes todos ellos a satisfacer por la fuerza los deseos libidinosos de José Antonio, hasta llegar a la penetración vaginal en contra de la voluntad” de ella.

El tribunal concede plena credibilidad a las declaraciones de la denunciante y da valor probatorio al informe hospitalario y al análisis forense, que recogen que la víctima presentaba lesiones leves y señales en los brazos, en un muslo y en el cuello, todas ellas “compatibles con la narración de los hechos” realizada por la mujer.

Otra prueba está constituida por las dos conversaciones telefónicas que se presentaron en el juicio y que muestran, en un caso, que ambos disfrutaban de una situación placentera, y en otro, que la joven se hallaba “en un estado de angustia”, ya que dice, con una voz entrecortada por el llanto, de que le ha ocurrido algo horrible y que vayan en su ayuda.

En virtud de estas circunstancias, la sala impone seis años de cárcel, cinco años de libertad vigilada con sometimiento a programas de respeto a la libertad sexual, más cinco años de prohibición de aproximación a la víctima a menos de 200 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio.

En cuanto a responsabilidad civil, el tribunal fija una indemnización de 210 euros por las lesiones y otros 6.000 más por los daños morales padecidos por la joven.

La sentencia no es firme por lo que el abogado defensor, José Luis Melguizo, podrá interponer un recurso, dado que durante el juicio mantuvo que fue una relación consentida. La acusadora particular, Concepción Pérez García, solicitó en su día 10 años de cárcel.