El joven que fue condenado a 6 años de internamiento en régimen cerrado por causar la muerte de un guardia civil de Tráfico en Barbastro (Huesca) siendo menor de edad no podrá aproximarse a menos de cien metros de la viuda y de la hija de la víctima hasta que sea firme la sentencia condenatoria.

Así lo ha acordado la Audiencia de Huesca, en un auto en el que revoca de forma parcial el recurso interpuesto por la representación legal de las dos mujeres contra el auto del Juzgado de Menores que impuso diversas medidas de libertad vigilada al joven para evitar su fuga.

El joven salió a principios del pasado mes de diciembre del centro de Juslibol, en Zaragoza, donde había ingresado tras la muerte del agente, después de cumplir nueve meses de internamiento, el periodo máximo previsto por la ley de aplicación de una medida provisional contra un menor.

Los recursos interpuestos contra la sentencia de primera instancia, que le impuso seis años, motivó unos días después su puesta en libertad. Pero antes de producirse la salida del joven del centro, la titular del Juzgado de Menores de Huesca dictó un auto con diversas medidas de libertad vigilada que le obligaban a no ausentarse de su domicilio en Barbastro, a comparecer entre semana en los juzgados de la localidad y los sábados y domingos y festivos ante la Policía Local.

El letrado de la mujer y la hija de la víctima recurrieron estas medidas y reclamaron una orden de alejamiento de ambas, así como de sus familiares. En su escrito, la Audiencia de Huesca revoca parcialmente el auto de la juez de menores e incluye una prohibición de acercarse a ellas. Los magistrados consideran la petición «adecuada y proporcionada» para garantizar la protección de ambas, que «no tienen por qué perder los beneficios de esta medida por no haberla solicitado como definitiva». Pero no al resto de familiares de la víctima al considerar la petición «demasiado genérica e indeterminada».