El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza ha calificado de culpable el concurso de acreedores de la Sociedad Urbanística La Muela por irregularidades contables y ha condenado a los tres miembros de su consejo de administración, entre ellos la exalcaldesa Mariví Pinilla, al pago de 12,4 millones de euros correspondientes a deudas.

La sentencia, firmada por la magistrada María del Carmen Villelas, aprecia que tanto la referida sociedad, constituida en la década de los años noventa con el Ayuntamiento de La Muela como socio único y la entonces alcaldesa Pinilla integrada en su consejo, como Aranade, contratada para gestionar la sociedad, llevaron a cabo irregularidades para dificultar la comprensión de su situación financiera.

La magistrada se apoya en el informe de culpabilidad de la administración concursal y en el de la Fiscalía para señalar a los tres miembros del consejo de administración (y del consistorio), Mariví Pinilla, Fernando Miguel Barba y Juan Carlos Rodrigo Vela, como responsables de las irregularidades denunciadas. También considera al representante legal de Aranade en esos momentos, Julián de Miguel Ortega, cómplice de los anteriores en las acciones llevadas a cabo para hacer opaca sus finanzas, simular una situación patrimonial ficticia e incumplir tanto el deber de solicitar el concurso anteriormente como de colaborar con la administración concursal actual.

La sentencia señala que la administración concursal detectó, entre 2009 y 2011, incumplimientos diversos acerca de las cuentas de la sociedad y compensaciones y cancelaciones entre cuentas de acreedores y deudores. Así, en el año 2010 se reflejaron en diversos actos contables de la sociedad un importe en cuenta corriente de 2,2 millones a favor del consistorio, y un saldo a favor de la sociedad por importe de 4,5 millones. En el año 2011 se canceló la deuda tras los ajustes llevados a cabo por el nuevo consejo de administración y un año después se produjo la declaración del procedimiento concursal. Señala la sentencia que debido a las irregularidades llevadas a cabo en los años anteriores resultaba imposible conocer la verdadera situación patrimonial, concluyendo (la administración concursal) en la inexistencia de una imagen fiel de la empresa y en una situación patrimonial ficticia.

Entre los activos ficticios, la fiscalía y la administración concursal refiere un campo de golf con una inversión de 4,8 millones de euros del que, según la jueza, «se desconoce su existencia y ubicación», o proyectos paralizados o cuyo valor está contabilizado muy por encima del valor de mercado. Destaca también que la sociedad no sólo se encontraba ya con una «alta probabilidad concursal» en el 2009, sino que padecía una manifiesta «falta de liquidez» y arrastraba deudas frente a la Agencia Tributaria de 2,3 millones por el impuesto de sociedades o a Bankia, por 7,8 millones. En su fallo, la jueza considera afectados por la declaración de culpabilidad del concurso a los referidos miembros del consejo de administración de la sociedad y como cómplice al representante de Aranade, y les inhabilita a todos para administrar bienes ajenos y para representar a cualquier personas por 15 años. El pago de los 12,4 millones referidos queda a expensas de la liquidación de la masa activa de la sociedad y del importe reintegrado a los acreedores.