Los ciclistas Enrique Comín y Alberto Martínez, de 61 y 68 años, fueron arrollados mortalmente en agosto del 2016 como consecuencia de la imprudencia al volante de Leoncio Moreno Pérez.

Así lo considera el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, Eduardo Marquina, quien rechaza en su sentencia que este vecino de La Muela circulara de forma temeraria por la N-330, tal y como apuntaban una parte de los familiares para intentar conseguir una condena de seis años de cárcel y evitar que fuera castigado, como finalmente ha sido, con cuatro años que marca el Código Penal por el delito de homicidio imprudente.

El magistrado se basa para ello en el informe del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) en el que se destaca que la forma en la que circulaba Leoncio Moreno era «autómata» por la ingesta «de tirón» del equivalente a medio litro de coñac o tres litros de cerveza. De hecho, según los cálculos de los forenses, este hombre de 62 años, llegó a circular con una tasa de alcohol de entre 0,95 y 0,98 miligramos por litro de aire espirado. Lo estimaron así porque sobre las 10.55 horas, después de causar la muerte de los ciclistas en Botorrita, dio en las pruebas de alcoholemia de 0,71, 0,76 y 0,66.

El magistrado también se apoya en la investigación realizada por la Guardia Civil de Tráfico de la que resalta que «los ciclistas circulaban correctamente en lo que denominó al tresbolillo, esto es, que Comín iba completamente dentro del arcén y que Martínez iba para mayor seguridad pegado a su izquierda, un poco más adelantado y ocupando la mínima parte del carril derecho, de forma que el punto de colisión está dentro del arcén». Una prueba que fue ratificada por las marcas de los neumáticos presentes en la calzada.

De hecho, el juez Marquina señala que la instrucción realizada por la Benemérita demuestra que «no dijo la verdad» durante el juicio, puesto que aseguró que en ningún momento ocupó el arcén. A ello añade «las contradicciones, puesto que en el juicio señaló que vio a los ciclistas de lejos, a unos 200 metros, cuando en su primera manifestación en el juzgado de instrucción reconoció que no los vio, siendo esto último lo verdaderamente creíble y que fue también destacado por un testigo».

A todo ello añade que el acusado «condujo de forma peligrosa hasta el punto de que otros conductores prefirieron no adelantarle, que sufrió un pequeño accidente en la A-23, y que pese a darse cuenta de ese primer choque, optó por seguir conduciendo, en definitiva por una gravísima negligencia».

Junto a las penas de cárcel, Leoncio Moreno Pérez deberá abonar a las familias de los dos fallecidos (representados por los abogados Virginia Laguna, Mariano Montesinos e Ignacio Íñiguez) las cantidades pendientes de cobro: 25.956 y 7.833 euros.