El magistrado presidente del tribunal del jurado que enjuició el crimen de Épila, Javier Cantero, ha impuesto 18 años y medio de prisión al condenado, Cecilio Giménez, por asesinato (17 años) y tenencia ilícita de armas. Un término medio entre los 16 que solicitó su defensa, a cargo de Javier Elía, con las penas mínimas por ambos cargos, y los 22 que solicitaban las abogadas Soraya Laborda y Laura Vela en representación de la viuda e hijos de la víctima, Francisco Javier Martínez.

A estos, según el fallo, Giménez deberá indemnizarlos con un total de 275.000 euros, y deberá permanecer a más de 500 metros de los deudos durante otros 18 años. El magistrado descarta la medida adicional de libertad vigilada que también había sido solicitada, ya que considera que la pena de prisión es bastante.

La sentencia se basa en el veredicto del jurado popular, que el lunes declaró a Giménez culpable de asesinato y tenencia ilícita de armas, aunque le absolvió de otro delito de amenazas que matenían las acusaciones.

Según los hechos que el jurado consideró probados, y que el juez repasa en la sentencia definitiva (que no firme, ya que probablemente será recurrida), Giménez había comprado la casa cueva donde residía en Épila a los hermanos Martínez Gracia en el 2011. Pero tras un problema surgido a raíz de unas obras en el 2016, que afectaron a una zona común que él entendía que era suya, consideraba que los vendedores le habían engañado y les reclamaba 6.000 euros.

En ello insistió cuando, el 3 de febrero del año pasado, sobre las 17.00 horas, fue a casa de María Victoria Martínez, para volver a discutir del asunto. El jurado no consideró probado que amenazase gravemente a la mujer , ya que de haberlo hecho «su comportamiento hubiera sido distinto», razonó el jurado. Hubiese llamado a la Guardia Civil, por ejemplo.

A TRAICIÓN

En cualquier caso, el que iba a ser la víctima, Francisco Javier Martínez, llegó al poco tiempo a casa de su hermana. Con la situación aparentemente calmada, el hombre se despidió de Cecilio levantando la mano, pero el condenado sacó una pistola de una bandolera -para la que no tenía licencia, y de la que se deshizo- y le disparó «de manera sorpresiva e imprevisible», con ánimo de matar. El tiro, efectuado a unos 30 centímetros de distancia, fue mortal.

En el momento de los hechos, Giménez no estaba afectado por ninguna enfermedad psiquiátrica en ese momento, según consideró el jurado siguiendo el criterio de los forenses, aunque en su día ante el juez instructor simulara una esquizofrenia.