El juez que archivó el caso del accidente de helicóptero de Villastar, en el que fallecieron seis brigadistas contra incendios --y un séptimo resultó herido grave-- en marzo del 2011, ha reabierto la causa al haber descubierto que, al menos indiciariamente, sí podría haberse hecho algo para prevenir la tragedia.

Desde que, en agosto, diese el asunto por zanjado, hubo un informe definitivo de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Aéreos (organismo del Ministerio de Fomento). Los técnicos aclaraban que la pieza que falló, un servoactuador del motor, figuraba en un listado de piezas posiblemente defectuosas sobre las que había alertado el fabricante, HR Textron, en el año 2005.

Con una traducción de los informes en inglés, que la DGA tardó tres meses en aportar, el juez descubrió que había habido un "error de interpretación", no de traducción, en el listado de los números de serie afectados por estos problemas. El del mecanismo que se colocó en el helicóptero era el 2.036. Y en los documentos se indicaba que a partir del 2.248 ya habían implementado la revisión.

Pero en la primera interpretación entendieron que los números de serie a partir del 2.248 eran los comprometidos. El del siniestro no lo sería, por lo que solo cabía hablar de un fallo mecánico sin responsables.

Al final, tras lo recursos de las familias de las víctimas y del Colegio Oficial de Pilotos de Aviación Comercial y la traducción, el juez entiende que sí podría haber una responsabilidad en la falta de revisión de la pieza. Esta fue enviada por el fabricante Woodwar Hrt en abril del 2010 a la empresa Bell Helicopter, que a su vez la remitió a la empresa que operaba el aparato, Inaer.

El juez descarta por ahora la responsabilidad de esta última, porque recibió el mecanismo de recambio con una certificación de buen funcionamiento. Pero entiende, como los técnicos de Fomento y los pilotos, que las personas encargadas de cumplimentar el boletín de revisión la pieza defectuosa sí podrían tener alguna responsabilidad al no haber detectado el fallo, aún cuando había un boletín del 2005 --y otro del 2009, de la propia empresa Bell-- que alertaban de sus defectos.

Por ello, el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Teruel, Jorge-Oswaldo Cañadas, revoca su propio auto de archivo provisional y reabre la causa, dirigida contra las personas encargadas de cumplimentar el boletín de servicio de la pieza y remitirlo a Inaer, una vez se averigüe quienes fueron. La comisión de investigación de Fomento deberá seguir guardando los restos del aparato hasta que el proceso no termine.