La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Huesca denegó ayer la petición del Gobierno aragonés de aclaración del auto que rechaza ejecutar la devolución de las pinturas del monasterio de Sijena al entender que el contenido del escrito es «muy claro».

En un nuevo auto de respuesta al Ejecutivo regional, la magistrada alega que el intento de introducir un nuevo informe pericial para acreditar que la sala capitular del cenobio reúne las condiciones adecuadas para la recepción de las valiosas pinturas no está contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

«Lo que se pretende -subraya- es modificar los argumentos del auto (denegatorio de la ejecución) en base a un informe pericial que aportan en este momento y que no aportaron en el momento oportuno, para que esta juzgadora hubiera podido valorarlo y tenerlo en cuenta». Aun así, la juez insiste en que su auto no sólo no contiene ningún «pronunciamiento oscuro» que exija una aclaración, sino que en «ningún momento» refiere el mencionado escrito que las condiciones climáticas de la sala capitular no sean las «idóneas».

Advierte la juez que lo que argumenta el auto es que «no se acredita» la instalación del sistema de climatización que permitiría que las condiciones fueran «idóneas», cuestiones, a su juicio, «distintas».

Además, recuerda al Gobierno aragonés que no existe ningún «defecto u omisión» que deba subsanarse puesto que el principal argumento del auto impugnado, de acuerdo con la alegación del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC), «no es el estado de la sala capitular sino el riesgo de deterioro o de pérdida de las pinturas murales, caso de procederse a la ejecución de la sentencia de modo provisional». La magistrada debe pronunciarse todavía sobre el incidente de nulidad presentado por Villanueva de Sijena.