La Audiencia Nacional dejó ayer sentenciado el proyecto de embalse de Biscarrués, una obra demandada durante décadas por Riegos del Alto Aragón y que se encontró con la férrea oposición de los vecinos de la Galliguera, que ayer vivieron con emoción el fallo de dos sentencias de este tribunal que dejan este proyecto, de momento y a la espera de recursos, en papel mojado.

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional declaró nulo el anteproyecto de construcción del embalse de Biscarrués, en dos sentencias en las que da la razón a tres ayuntamientos (Biscarrués, Murillo de Gállego y Santolaria) y varias oenegés (Sociedad Española de Ornitología, la Confederación Ecologistas en Acción-CODA, Greenpeace, la Asociación de Amigos de la Tierra y WWF/Adena España) por un litigio que dura ya tres décadas.

Los fundamentos del tribunal se basan en que la declaración de impacto ambiental del embalse de Biscarrués «no contiene todos los estudios y evaluaciones necesarias» antes de decidir acerca de la evaluación del deterioro de aguas afectadas por este proyecto, que tenía como objetivo principal dotar de más agua a Riegos del Altoaragón en el sur de la provincia de Huesca. Un embalse que ha sufrido a lo largo de su tramitación más de una modificación, ante la presión de los vecinos de la zona, que veían afectada su actividad turística, principal motor de desarrollo, y porque se podían ver afectados los tres núcleos demandantes.

PÉRDIDAS IRREVERSIBLES

Esto provocaría, según los demandantes, pérdidas irreversibles de espacios protegidos naturales, así como del patrimonio cultural. Entre sus argumentaciones también está que este embalse no tiene justificación desde el punto de vista de la planificación hidrológica, ya que existe otra alternativa para dotar de agua a los regadíos que la demandan.

En línea con los recursos presentados, el tribunal ha determinado que con el proyecto de esta presa se ha vulnerado la Directiva Marco del Agua de la Comisión Europea y la interpretación que sobre esta hizo el Tribunal de Justicia de la UE, que en sentencia de julio del 2015 propugnaba la obligación de los Estados miembros a garantizar una correcta evaluación del cumplimiento de las condiciones que marca la directiva para prevenir el deterioro del estado de todas las masas de agua superficiales y protegerlas, mejorarlas y regenerarlas.

El tribunal considera que hubiese sido necesario llevar a cabo un estudio concreto sobre la determinación del interés público, «un análisis científico detallado y específico de este proyecto», teniendo en cuenta, además, que esa declaración de interés público de la presa tiene su origen en una normativa previa a la de impacto ambiental. La Sala constata también que, en cumplimiento de la Ley de Aguas, se tendría que haber realizado un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental, además de un estudio específico de la recuperación de costes con carácter previo a la declaración de interés general, algo que tampoco se ha hecho en el caso de Biscarrués.

El Ministerio de Medio Ambiente tiene ahora 30 días para recurrir la sentencia, algo que valorará tras el análisis detallado de la sentencia. Por su parte, las asociaciones ecologistas mostraron su «satisfacción» por el resultado de la sentencia. «Las organizaciones están estudiando el fallo para determinar en qué medida afecta al actual proyecto de construcción del embalse y publicarán sus valoraciones en cuanto sea posible», señalaron en una escueta nota. Por su parte, el presidente de Riegos del Alto Aragón, César Trillo, rechazó airadamente hacer declaraciones.