El Justicia de Aragón, Ángel Dolado, considera ajustada a derecho la obligatoriedad de censar el ADN canino establecido en Zaragoza, un registro que se fija en la nueva ordenanza municipal para la protección, tenencia responsable y venta de animales en vigor desde el 30 de abril y que fue impulsada por el anterior Gobierno municipal de Zaragoza en Común (ZeC). Los dueños de los canes, que tienen un año para registrar su ADN en el colegio de veterinarios, deben asumir el coste. Además, cumpliendo con la ley de protección de datos, el muestreo se tiene que hacer o bien cuando se le vaya a implantar el microchip (también obligatorio) a la mascota o «en la siguiente vacunación anual» del animal.

Esta es la conclusión que extrae el Justicia después de que varios ciudadanos le presentaran quejas en las que consideraban que dicha ordenanza sobrepasa la legislación de Aragón y vulnera la presunción de inocencia y el derecho a la intimidad de los propietarios de animales al crear una base de datos de presuntos culpables de un delito de maltrato y abandono de animales de compañía antes de que este se produzca.

El Justicia admitió a trámite estas quejas y solicitó información sobre esta cuestión tanto al ayuntamiento como al Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón y al Colegio Oficial de Veterinarios de la provincia.

Vistas las competencias de las administraciones y las explicaciones remitidas, entiende que la normativa municipal está ajustada a derecho dado que el consistorio, al registrar el genotipado de los animales, no está creando una nueva base de datos, lo que desbordaría sus competencias, sino que pasa a incorporarlos como un nuevo dato al registro creado en cumplimiento del decreto del 2006, según recoge el informe del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

Añade además que la creación de registros de identificación de animales trata de cumplir una doble función: garantizar su bienestar, tratando de evitar su abandono o maltrato, y evitar problemas de salud pública, pero no criminalizar a los dueños que se preocupan por la salud de su mascota.

También apunta que la inclusión del análisis genético en la ordenanza entra dentro de la discrecionalidad de la administración con unos márgenes de opción y decisión más o menos amplios, aunque siempre dentro de los límites legales.

Con esta nueva ordenanza también entró en vigor el nuevo horario de suelta de los perros. Así pues, sus propietarios pueden dejarlos correr libremente en los parques desde las 21.00 horas hasta las 10.00 entre el 1 de mayo y el 31 de octubre y de 20.00 a 10.00 del 1 de noviembre al 30 de abril.