El Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza ha dictado un auto denegando la adopción de medidas cautelares para paralizar la actividad escolar en la localidad Zaragozana de Ejea de los Caballeros, solicitud realizada por el Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza de Aragón (STEA), ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

El magistrado expresa en el auto que un juzgado de lo social no tiene competencia jurisdiccional para adoptar las medidas solicitadas por el sindicato.

Además, argumenta que "la medida interesada por STEA no se ajusta a las competencias del orden jurisdiccional social por cuanto no solicita que se entreguen los correspondientes medios de protección para el personal docente o no docente de los centros educativos, sino directamente que se suspenda la actividad escolar".

El magistrado añade que "resulta completamente desproporcionado solicitar la suspensión de la actividad escolar del municipio de Ejea --con 1.496 alumnos-- por el hecho de que un IES no haya recibido las mascarillas señaladas.

También indica que "de no haber sido recibidos los EPI en un determinado centro de trabajo lo obligado sería requerir a la Administración para cumplir con las medidas de prevención exigibles, pero dado que han sido entregados, no resulta precisa tal indicación, pero en modo alguno procedería el cierre del centro".

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