El juicio por la propiedad de los 111 bienes de las parroquias aragonesas ha concluido este viernes con las diócesis de Barbastro-Monzón y de Lérida enfrentadas y con posiciones divergentes sobre la situación actual de las piezas en el museo de la ciudad catalana y su destino futuro.

Tras dos intensas jornadas en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barbastro para escuchar los testimonios de los obispos de ambas diócesis y de los peritos, el juez ha dado paso a los representantes legales de Aragón y Cataluña para exponer sus conclusiones finales sobre la propiedad de las piezas.

Así, el letrado de la Diócesis de Barbastro-Monzón, Joaquín Guerrero, ha explicado que los demandados, el Obispado de Lérida y el consorcio gestor del museo, no han presentado ningún título de propiedad legal de propiedad ni contratos que acrediten las supuestas operaciones de compraventa.

El abogado ha destacado, además, la sorpresa que le había causado la reciente posición del obispo de Lérida, Salvador Giménez, de reclamar como propios 83 de los bienes en litigio, en contradicción con lo afirmado por sus antecesores y él mismo de reconocimiento de la propiedad aragonesa de las piezas.

Ha argumentado que la interpretación de los peritos de la parte catalana de los documentos presentados, las cartas del obispo Meseguer de finales del siglo XIX sobre la supuestas compras de los piezas, no son sino hipótesis y un "intento de establecer analogías" con operaciones contractuales legales.

"Las hipótesis no pueden ser base para un dictamen, y mucho menos vinculante para una decisión jurídica", ha destacado Guerrero, quien ha cuestionado, además, el valor de las escrituras de propiedad hechas por el obispo Javier Ciuraneta en 2005, más de cien años después.

En este mismo sentido se ha pronunciado el letrado del Gobierno aragonés, Alberto Gimeno, para quien las piezas trasladadas al museo de Lérida no fueron compras sino "depósitos incentivados" por el obispo Meseguer a los que se veían obligados los párrocos por obediencia.

"Cuando hay una relación en desigualdad, de obediencia, no puede haber contrato", ha explicado el letrado, para quien la situación de los bienes reclamados es la misma de las piezas del Monasterio de Sijena, cuyo traslado a su lugar de origen desde Lérida fue acordado mediante sentencia judicial.

Ha expresado su "asombro mayúsculo" en relación a la declaración prestada en el juicio por el obispo de Lérida, al no pronunciarse de forma explícita sobre su reclamación de propiedad sobre 83 de las piezas reclamadas.

Ha añadido que los dictámenes de todos los peritos se limitan a ser "hipótesis, opiniones o teorías que no acreditan una compraventa, permuta o donación, porque un cura no puede vender a su obispo, debe de obedecer sus órdenes".

En respuesta a estos argumentos, el abogado del Obispado de Lérida, José Luis Gómez, ha defendido el derecho constitucional de su cliente a modificar su posición inicial de reconocimiento de la propiedad aragonesa de las piezas y a reclamar la propiedad de 83 a partir de la "nueva" documentación aportada.

Ha destacado, además, que las resoluciones del Vaticano sobre las que se apoya la parte aragonesa carecen de validez en España y que el litigio sobre la propiedad debía dirimirse a través del derecho civil.

El letrado ha comentado que todas las pruebas acreditativas de la propiedad están plasmadas en las "miles de páginas" que conforman las escrituras formalizadas por el obispo Ciuraneta, donde, en su opinión, se hace referencia a las supuestas adquisiciones o permutas.

Ha destacado, además, que el Código Civil admite como contratos válidos los verbales, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para su formalización.

A su vez, el abogado del Consorcio del Museo de Lérida, Jordi Vives, que ha insistido ante el juez en la necesidad de valorar su petición de nulidad de la causa, ha advertido de la "imposibilidad jurídica" de devolver los bienes dado que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña avaló en 2008 la catalogación catalana de las piezas y su consideración como colección.

Ha destacado, además, que la Diócesis de Barbastro no había acreditado en ningún momento los títulos de propiedad necesarios para demostrar su posesión, y que éste debía de considerarse el primer procedimiento civil válido para dirimir el pleito, sin valorar las resoluciones del Vaticano.

El letrado ha defendido la validez de los supuestos contratos verbales hechos por Meseguer, y ha destacado que en sus cartas y dietarios utiliza palabras como "comprado" o "recibo".

Ha instado la desestimación de la demanda de la Diócesis de Barbastro-Monzón y la estimación de propiedad de las piezas planteada por la de Lérida y ha planteado que en caso de ser rechazada su demanda, se reclamará a las parroquias titulares de las piezas indemnizaciones por su custodia y restauración.