Puedo decir que me parece totalmente inadmisible el funcionamiento real de las residencias rurales de ancianos en Aragón y los perjuicios que pueden sufrir nuestros mayores debido a la falta de formación de las y los cuidadores sin titulación. Esto es debido a que en la normativa aragonesa está permitido, y así se recoge en la legislación vigente, en la cual se instruye los mínimos referentes en la calidad de los centros de Atención a la Dependencia (BOE 317- 30 diciembre 2017):

«Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Los cuidadores, las cuidadoras, los gerocultores y gerocultoras que presten sus servicios en centros o instituciones sociales deberán acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, establecida por el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, según se determine en la normativa que la desarrolle.

En el medio insular rural y en los municipios rurales de pequeño tamaño, cuando no dispongan de las personas con la acreditación requerida para las categorías mencionadas anteriormente, y se acredite la no existencia de demandantes de empleo en la zona con estas características, mediante certificado de la oficina de empleo correspondiente, las personas que no cuenten con la cualificación profesional exigida podrán ser contratadas, hasta que sus puestos puedan ser ocupados por profesionales cualificados, o adquieran la cualificación correspondiente.

Para ello, las administraciones competentes, en colaboración con las empresas, impulsarán las acciones oportunas para promover la acreditación de estos profesionales.

Se entiende por zona rural lo establecido en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, y en base a la misma y a la idiosincrasia del territorio, se desarrollará en la normativa autonómica contemplada en el criterio tercero b), punto 10 de este acuerdo.

Resumiendo, se trata de que en los municipios con población inferior a 5.000 habitantes, cuando no dispongan de personas con la acreditación requerida para auxiliares de ayuda a domicilio y gerocultores o cuidadores, podrá ser contratado personal sin titulación.

El 70% de centros

Las consecuencias de esta norma en Aragón son que existen más de cien residencias en municipios menores de 5.000 habitantes, representando el 70% de la totalidad de residencias de nuestra comunidad autónoma, dando lugar a que un alto porcentaje de residencias no cuentan con personal titulado (por no existir obligación legislativa) implicando riesgo y peligro, de nuestros seres queridos, que merecen ser cuidados con esmero y un mínimo de profesionalidad.

Creyendo desde mi humilde opinión personal y profesional que no debería contratarse personal sin formación acorde con el puesto a desempeñar, y mucho menos estar amparado por la legislación aragonesa, en la que se barema de forma discriminatoria a las zonas rurales, no dando tanta calidad en los servicios y desprotegiendo a nuestros mayores que en su mayoría sostienen el medio rural.

La realidad es que muchas cuidadoras no llegan a estar el tiempo necesario y suficiente en una residencia concreta para tener la obligatoriedad de realizar el mínimo de formación que consiste en el certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, que consta de 450 horas entre formación y prácticas.

Mi madre fue víctima de contagio covid-19 por inconsciencia, negligencia e incapacitación profesional de una cuidadora, sumado a una falta de medidas de prevención. Cuidadora que según me consta, no posee ni formación básica educativa ni específica en la materia de atención sociosanitaria.

Motivo que me lleva a denunciar estos hechos y que se inste a controlar la exigencia de formación y capacitación de los cuidadores de personas en todas las residencias de Aragón.

Mi madre ha muerto de covid. Si la cuidadora que introdujo el virus en la residencia (único foco en el pueblo), hubiese tenido una formación, madurez y vocación adecuada para el trabajo que estaba realizando, ni mi madre ni otras cinco personas más (aparte de los 17 contagiados que afortunadamente lo han superado) hubiesen fallecido