La cancelación de la tarjeta de aparcamiento para minusválidos acarreará una sanción de un año para su propietario. Así lo recoge el Boletín Oficial de Aragón (BOA), que publicó ayer el decreto que regula estas tarjetas para personas de movilidad reducida.

Para que se produzca esta cancelación deberá haberse realizado un uso fraudulento de esta tarjeta, entre cuyos supuestos figura la utilización de una copia en lugar de la original, el uso de una tarjeta caducada, falsificada o manipulada, así como el uso por parte de una persona que no sea el titular.

Si la tarjeta se cancela por ese uso fraudulento, la persona titular no podrá volver a solicitarla en el plazo de un año desde su cancelación.

Si, en cambio, el mal uso de la tarjeta -no colocarla en el lugar adecuado o no colaborar con los agentes de la autoridad, entre otros casos- no es fraudulento, la suspensión será durante seis meses y, en caso de incumplimiento reiterado, se procederá a la cancelación.

Como ya anunció el Gobierno de Aragón, se amplían los supuestos que dan derecho a la obtención de la tarjeta, incluyendo ahora a los menores de tres años con discapacidad «que dependan de forma continuada de aparatos técnicos imprescindibles para sus funciones vitales (sillas de ruedas especiales o aparatos respiradores, entre otros) o que, por su gravedad, hayan sido valoradas con discapacidad por los equipos de valoración y orientación adscritos al Instituto Aragonés de Servicios Sociales», expone el texto.

Las tarjetas concedidas por las entidades locales (ayuntamientos o comarcas) tendrán validez en toda España y, del mismo modo, las expendidas en el resto del territorio nacional también podrán utilizarsde en la comunidad autónoma aragonesa, según indica el decreto.