La batalla abierta entre los servicios de reparto de comida y los repartidores va a vivir un momento clave para dirimir la legalidad del modelo laboral utilizado por las plataformas digitales. Un total de 326 riders están citados a declarar en el macrojuicio contra Glovo que tendrá lugar en Zaragoza el próximo 30 de septiembre en la Ciudad de la Justicia de la Expo. El proceso tiene su origen en el acta de infracción levantada hace un año por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) contra la empresa, que opera en la capital aragonesa desde el mes de septiembre del 2016.

Como avanzó EL PERIÓDICO en su día, la autoridad laboral concluyó que los mensajeros eran falsos autónomos ya que debían ejercer su trabajo como asalariados. Así lo determinó al constatar claros y múltiples indicios de que se cumplen los elementos de ajenidad y dependencia, los dos conceptos nucleares para resolver si un trabajador es por cuenta ajena, tal y como lo recoge el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores.

La Inspección ordenó de oficio a la empresa dar de alta a los riders en el régimen general de la Seguridad Social y abonar 379.963,09 euros por las cotizaciones sociales atrasadas durante ocho meses que duró la investigación (desde julio del 2017 hasta marzo del 2018), incluido un recargo del 20% por la demora.

La empresa barcelonesa presentó alegaciones contra la sanción de la ITSS y el asunto ha acabado en los tribunales, que tendrán la última palabra sobre esta controvertida fórmula laboral. Si el dictamen de los jueces ratifica el criterio de la Inspección, que fue contundente a la hora de señalar el carácter fraudulento del modelo de trabajo, los afectados podrán recuperar las cuotas de autónomos abonadas —siempre que no realizaran simultáneamente otra actividad por cuenta propia-, así como reclamar otros derechos como trabajadores contratados (finiquito por despido, baja por accidente...).

Sentencias enfrentadas / Hasta ahora ha habido 14 sentencias en juzgados de primera instancia sobre denuncias individuales presentadas por repartidores de Glovo. Ocho de ellas han dado la razón a la empresa y seis han sido en su contra. El último fallo fue dictado por el Juzgado de lo Social número tres de Oviedo, que reconoció la relación laboral de un rider con la plataforma y fijó la improcedencia de su despido.

Desde Glovo confiaron ayer «plenamente en la legalidad» del modelo de negocio. «La disparidad de sentencias evidencia la necesidad de una regulación para los profesionales de plataformas digitales», apuntaron.

El de Zaragoza será el primer juicio colectivo contra Glovo en España. Deliveroo, el otro gran operador del sector, ya se ha enfrentado a procesos de este tipo y hace un mes se conoció la primera sentencia, del juzgado de lo Social número cinco de Valencia, que determinó que 97 mensajeros son empleados y no autónomos. Esta misma compañía hizo frente en junio a otro juicio en Madrid de 532 repartidores del que aún no hay resolución. Y en Zaragoza hay previsto otro caso colectivo contra Deliveroo por el que están citados 55 riders el 8 de noviembre. Pase lo que pase, la batalla judicial se antoja larga a falta de sentencias en tribunales superiores que unifiquen la doctrina.