Las infracciones que menos notan el incremento en la cuantía ya representa más del doble que ahora. Es lo que les pasará a los vehículos que no lleven la señal luminosa que están obligados a portar o por colocar láminas o adhesivos, lunas tintadas o cortinillas para el sol en las ventanillas delanteras o traseras sin disponer de retrovisor exterior. O por exceder la longitud, anchura o altura permitida en vehículos de mercancía con la carga incluida. O emitir ruidos excediendo los límites reglamentarios o circular con un vehículo a motor o ciclomotor con escape libre, o llevar personas y carga en vehículos habilitados pero sin la separación exigida. En estos casos se pasa de 90 a 200 euros de multa.