El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ha desestimado la demanda de impago interpuesta por una empresa prestamista contra una mujer que sufre de alzhéimer. La magistrada Silvia Ferreruela absuelve a la mujer puesto que entiende que no era consciente de lo que firmaba.

Los hechos por los que se demandaba a esta mujer de 97 años, que fue defendida por el abogado Alejandro Giménez Planas, se remontan al 2014 cuando firmó un préstamo de 2.826 euros con Ibercaja, si bien esta deuda fue vendida al fondo Cabot Securitisation que era el que ahora reclamaba ante los tribunales.

La jueza señala en su sentencia que la anciana suscribió el préstamo como fiadora antes de que el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Zaragoza declarara su incapacidad total. En dicho fallo se dice que, según consta acreditado mediante el informe del médico forense, esta mujer tenía diagnosticada la enfermedad de alzhéimer desde 2007, la cual se encontraba en estado muy avanzado en el momento de dictarse dicha sentencia. «Se dice en ese momento que esta mujer tenía reconocido un grado tres de nivel dos de dependencia y tenía anuladas completamente sus capacidades de autogobierno en tanto la patología que sufría afectaba a sus funciones cognitivas y volitivas, siendo incapaz de gobernar su persona su persona y bienes», apostilla la magistrada.

Ello lo emplea para considerar que «esta no pudo comprender el sentido y contenido de la fianza que constituyó a favor de los prestatarios». «Estamos hablando de una señora que tiene diagnosticado alzhéimer, siete años antes de suscribir dicho contrato, teniendo en cuenta que dicha enfermedad es progresiva», recalca.

Asimismo, señala que «no puede obviar» que «aunque su patología no estuviera tan avanzada, sin embargo, sería incapaz de reconocer el contenido del contrato y de comprender las obligaciones que contraía firmando el mismo, en concreto, que se constituía en deudora solidaria de los prestatarios principales».

Además de ser absuelta esta mujer de todas las pretensiones del fondo que le exigía la deuda, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca condena en costas a Cabot Securitisation. Esta resolución es firme y, por lo tanto, contra la misma no cabe recurso alguno. La anciana está ahora bajo tutela del Gobierno de Aragón.