La Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado un recurso de un padre, Sid Ali S. L., que cumple condena por violencia de género en un centro penitenciario, a poder tener una visita al mes con su hijo menor de edad bajo la asistencia de algún familiar materno. El mismo régimen de visitas se mantendrá en caso de que el progenitor disfrute de permisos de salida de la prisión. La solitud la realizó su abogada Eva María Parra.

Los magistrados han basado el fallo en convenios internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en el derecho aragonés que reconocen el derecho a la relación entre el padre y su hijo. Los magistrados indican que «el no establecimiento de un régimen de comunicación, estancias o visitas entre padres e hijos y los demás parientes citados, exige que, excepcionalmente, se justifique por desaconsejarlo el interés del menor». «La relación solo puede ser limitada o suspendida cuando concurran graves circunstancias que así lo aconsejen, en interés del menor, o en caso de incumplimiento grave y reiterado de la resolución judicial en que se fije», apuntan.

Recuerda el TSJA en la fundamentación jurídica lo argumentado por la Fiscalía sobre que las visitas del menor sean a un centro penitenciario e indican que «no existen razones para entender que van a ser contraproducentes ni van a afectar a la imagen que el menor pueda tener de su padre. La legislación penitenciaria no prohíbe las estancias y visitas en los centros penitenciarios de los menores de edad sino que las regula».

De hecho, señalan los magistrados de este tribunal que las cárceles españolas reúnen condiciones de habitabilidad, especialmente en los espacios destinados a las comunicaciones íntimas y familiares, como para asegurar que una visita del niño a su padre en dicho entorno no va a resultar traumática para el menor, quien podrá de este modo establecer un contacto y relación con su progenitor.

El TSJA enmienda así las decisiones del titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de la capital aragonesas y de la Audiencia Provincial de Zaragoza que afirmaron que «postergar el régimen de visitas a favor del padre a la salida estable y no episódica de la cárcel donde cumple condena se apoya en sólidas bases: la poca relación del padre con el menor, la escasa edad de este (dos años y medio), y la dependencia emocional del mismo con su madre».