El jurado que ha juzgado a Julián Biel por el asesinato de su mujer en el barrio zaragozano de Villamayor, el 3 de julio del 2002, emitió ayer un veredicto de culpabilidad contra el acusado. Asimismo, estimó las atenuantes de trastorno y confesión y la agravante de parentesco.

En su veredicto, el tribunal considera que el acusado actuó con el ánimo de matar a su mujer, Carmen Abardía, a la que atacó súbitamente, sin darle la oportunidad de defenderse y utilizando los medios necesarios para obtener el resultado de muerte deseado. Sin embargo, no actuó con ensañamiento incrementando sin necesidad los sufrimientos de la víctima.

En opinión del jurado, que tomó casi todas sus decisiones por unanimidad, Biel escribió una carta dirigida al juez antes de asesinar a su mujer e intentar suicidarse en la que explicaba los hechos y se autoinculpaba, lo que puede considerarse como una confesión de los hechos al esclarecer la autoría del crimen.

Sin embargo, el tribunal no considera que la circunstancia de que la carta fuera escrita con anterioridad al asesinato desvirtue la "ligera merma en la facultad de control" del acusado, originada por su historial patológico.

Finalmente, el jurado se mostró contrario a una posible suspensión de la pena o a que se incluya una petición de indulto al redactar la sentencia.

ADECUACION DE PENAS Una vez conocido el veredicto, el ministerio fiscal redujo su petición de pena de 18 a 15 años de prisión, ya que en sus calificaciones provisionales no había contemplado la atenuante de confesión.

José María Chacón, abogado de la acusación particular, que solicitaba alternativamente condenas de 19 y 24 años, alteró su petición para dejarla en 17 años, como consecuencia de la aceptación por parte del jurado de las atenuantes de confesión y trastorno, que el letrado no contemplaba, y del rechazo de la agravante de ensañamiento. También se interesó porque se decretara el alejamiento de Biel del lugar de los hechos el mayor tiempo posible tras cumplir la pena.

Por parte de la defensa, representada por la abogada Cristina Ruiz-Galbe, que solicitaba inicialmente seis años de pena, elevó la petición a diez. El jurado no aceptó como muy cualificada la atenuante de trastorno, como sostenía la letrada, y consideró que el crimen se había cometido con alevosía, lo que alteraba la calificación de homicidio que argumentó Ruiz-Galbe.