La Audiencia de Zaragoza ha ratificado una sentencia que obliga a la empresa Pikolin SA a indemnizar con 117.393 euros a la familia de un trabajador que falleció por un golpe de calor el 24 de agosto del 2001. El fallo del tribunal ratifica íntegramente una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 12 de la capital aragonesa.

En el fallo inicial, la juez consideraba probado que el empleado trabajaba en una nave sin sistema de climatización y que, en la citada fecha, acudió a los servicios médicos de la empresa al sentirse enfermo. Sin embargo, "no se le tomó la tensión ni la temperatura", y sólo se le suministró un antiácido porque el trabajador manifestó que no le había sentado bien el desayuno.

Poco después regresó al mismo servicio y entonces se decidió su traslado a un hospital en una ambulancia de la empresa que tampoco tenía refrigeración en funcionamiento. En el centro sanitario se diagnosticó que la muerte le sobrevino por "golpe de calor y fracaso multiorgánico".

La sentencia no acepta las alegaciones de la empresa, que consideró que "el accidente es un caso fortuito y que era imposible prever" y, apoyada por el informe pericial, estima que el accidente por calor "puede ser objeto de información como riesgo laboral, por lo que es previsible y, por tanto, evitable". La juez ve en la empresa "una omisión negligente, al no tener el lugar del trabajo y el medio de transporte en condiciones adecuadas de temperatura, considerando la que se puede alcanzar en la ciudad en la fecha del siniestro, lo que causó la muerte de la persona, existiendo entre este resultado y esa omisión un nexo causal".

El tribunal de la Audiencia añade que el tratamiento del enfermo por parte de los servicios de la empresa "no fue ni mucho menos el adecuado", ya que se debería de haber intentado bajar la alta temperatura de su cuerpo por los medios más rápidos, como la colocación de hielo. Concluye que esta falta de primeros auxilios adecuados "fue la causa que desencadenó el fallecimiento".

Así, se atiende en su totalidad la demanda de Patricia Oliveros Escartín, abogada de la familia de la víctima, y se condena a Pikolin y a la compañía de seguros La Estrella a pagar la cantidad solicitada y de las costas del procedimiento, las de primera instancia y las del recurso.