El piloto Iker Lekuona, que a sus 20 años es una joven promesa de MotoGP, sufrió el 30 de diciembre del 2015 un accidente de tráfico cuando viajaba por Aragón con su familia. Un coche procedente de un camino rural irrumpió en la carretera A-220, cerca de Aguarón, y se estrelló contra el lateral derecho del vehículo de los Lekuona, que se salió de la vía y volcó, lo que provocó lesiones de distintas gravedad a sus ocupantes.

A raíz de aquella colisión, Iker Lekuona perdió un contrato por valor de 460.000 euros que había firmado días antes y que suponía su consagración como piloto de élite. Por ello, el deportista pidió por vía judicial al causante del siniestro, que se había saltado un stop, y a su compañía de seguros que le indemnizaran con esa suma por los perjuicios ocasionados.

Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, que ha enjuiciado el caso, ha absuelto al conductor causante del accidente, Luis Felipe Lagua Munquinche, que estaba acusado de los delitos de lesiones por imprudencia grave y conducción temeraria.

Este fallo, recoge la sentencia, «impide entrar en la cuestión de la indemnización», que centró el interés del juicio, si bien el juzgador señala que los perjudicados tienen derecho a reclamar en los juzgados civiles.

La absolución se basa en que las pruebas practicadas en la vista oral «no han podido demostrar con la suficiente fuerza» la tesis de la acusación, de forma que no se ha destruido «la constitucional presunción de inocencia» del acusado.

De hecho, la resolución afirma en sus fundamentos de derecho que «no se ha hecho ni por la Guardia Civil ni por algún perito experto en ingeniería un cálculo de la velocidad a la que pudiera circular el acusado». Este conductor logró frenar, como lo demostraron las marcas fotografiadas en el camino, pero no pudo evitar que su vehículo invadiera la carretera autonómica.

A ello se une, según el juez, que una serie de cambios recientes en el Código Penal no permiten calificar los hechos dentro del supuesto de falta de imprudencia leve (eliminada de las normas jurídicas punitivas) ni en el de imprudencia menos grave, creado en el 2015, «al no darse los graves resultados lesivos» enumerados en dos artículos.

Rafael Ariza, letrado zaragozano que defendió a Luis Felipe Lagua en el juicio, mostró ayer su «satisfacción» con la sentencia absolutoria, que calificó de «justa y ajustada a Derecho».