Las 5.256 fotografías y los 244 vídeos, en los que se apreciaban imágenes de la entrepierna de varias mujeres, han llevado a la Audiencia de Zaragoza a imponer cuatro años de prisión a la persona que realizó dichas grabaciones, el exjefe de la Oficina de Tráfico de la Policía Local de la capital aragonesa, Jesús Javier Valenzuela Recio. Le hace culpable de los 14 delitos contra el derecho a la intimidad que le acusaron la Fiscalía y la abogada de las víctimas, Olga Oseira.

Los magistrados de la Sección Sexta del tribunal provincial rechazan en su sentencia las explicaciones del acusado, quien esgrimió que el objetivo de colocar cámaras ocultas sobre papeleras o en bolígrafos no era sexual, sino para protegerse por «miedo» que sentía de los ciudadanos, de sus compañeras e incluso de los policías locales que le pudieran pedir «cosas que no podía hacer como instructor del procedimiento». Para ello, el firmante de este fallo, el juez Carlos Lasala, resalta que encontraron en total 615 archivos de vídeo que «pese a no haber sido posible su reproducción, contienen en su nomenclatura el nombre de las trabajadoras a los que añadió descripciones como culo o piernas» o los minutos en los que sus subordinadas aparecían en las imágenes.

OBVIEDAD

Los magistrados señalan que «es obvio» que Jesús Javier Valenzuela Recio «se dedicó desde febrero del 2016 hasta septiembre de ese mismo año a grabar de cintura para abajo desde abajo los cuerpos de catorce funcionarias». «Para ello llamaba por motivos fútiles solo a las administrativas que vistieran faldas o vestidos abiertos y entonces las grababa mediante un dispositivo electrónico tipo bolígrafo o pendrive», señalan, mientras añaden que «una vez se marchaba la respectiva trabajadora, visualizaba esa grabación y la guardaba en el archivo de su ordenador, con lo cual podía ver otras veces esas imágenes».

Esa manera de actuar evidencia, en opinión de la Audiencia de Zaragoza, «un torcido interés libinidoso en aras del cual vulneró la intimidad personal de sus subordinadas». Asimismo, resalta el tribunal que tal conducta no la realizó «un simple particular» sino un funcionario público que «se prevalió de su cargo y que actuó sin ningún tipo de consentimiento ni conocimiento de ellas». Añaden que en el momento en el que se enteraron de lo que estaba pasando se lo comunicaron a la Unidad de Familia y Mujer (UFAM) de la Jefatura Superior de Policía de Aragón que llevó la investigación y que acabó con la detención de Jesús Javier Valenzuela Recio.

Todas las víctimas tendrán que ser indemnizadas, ya que se les reconoce los daños morales y psicológicos sufridos como consecuencia de dichos actos. La sentencia es recurrible.