El propietario de la instalación del accidente contaba con la documentación necesaria para recibir suministro eléctrico en un recinto ferial. Se trata de un boletín concedido por un instalador acreditado, en este caso el pasado 14 de julio, que ERZ-Endesa exige como requisito indispensable para suministrar fluido.

La compañía eléctrica formalizó el contrato con el riojano A. R. H., una vez comprobado el boletín. Según la normativa, este documento habilita al usuario a tomar corriente y no obliga a la empresa suministradora a realizar inspección alguna.

Ahora la investigación será la que aclare si existió un fallo en el sistema eléctrico o si éste estaba manipulado. Las primeras pesquisas no aclaran las razones por las que el diferencial de la atracción no se disparó en su momento, lo que hubiera evitado la descarga exterior.

Representantes de la Organización de Consumidores (OCU) se preguntaban ayer por qué no existe una regulación más clara de la actividad de los propietarios de atracciones de feria. "Es lo de siempre, lamentablemente; la legislación es muy laxa y debería haber una regulación mucho más estricta", dijeron.