Los responsables de comercializar cientos de miles de litros de gasóleo adulterado siguen recogiendo frutos del retraso de doce años que tuvo la justicia para juzgarles. Si la juez que dictó sentencia contra ellos les impuso tan solo seis meses de prisión por un fraude tributario, ahora la Audiencia de Zaragoza acaba de estimar en parte los recursos que interpusieron y les ha rebajado la pena a tres meses por el delito fiscal y a dos meses por la estafa.

Asimismo, les impone a J. M. R. F. , S. S. M. y J. L .J. B. una multa de 58.000 euros, con la responsabilidad subsidiaria en caso de impago de un mes y pierden el derecho para obtener subvenciones, así como a tener beneficios o incentivos fiscales en un periodo de diez meses. Sus abogados defensores, José Pajares y Eladio Mateo Ayala solicitaron que se les rebajasen las penas por aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas que la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza ya aplicó como muy cualificada. La Fiscalía solicitó para cada uno de ellos cuatro años de prisión.

Los magistrados de la Sección Sexta reconocen que esta petición "hay que acogerla", ya que "ciertamente no ha sido la instrucción lo que ha dilatado en exceso la resolución del litigio, sino la fase intermedia en la que ha estado cercano a producirse la prescripción de la irregularidad más grave".

No obstante, el tribunal provincial de descarta la prescripción del delito fiscal por no haber estado paradas las actuaciones cinco años, además de afirmar que "hay una conexividad, una clara unidad delictiva, un plan criminal único y preconcebido que impide la apreciación de la prescripción solo del delito de estafa".

Los hechos declarados como probados se desprenden de las pruebas practicadas y en especial de las declaraciones de la Guardia Civil y los funcionarios de Vigilancia Aduanera que se ratificaron en los atestados dado el tiempo transcurrido.

Los lugares en los que se desarrollaban los hechos no reunían las condiciones materiales ni legales para la manipulación de hidrocarburos. La parcela de la carretera de Embid, sita a las afueras de Calatayud, junto a un cementerio, parcela cerrada y grande, como afirman los funcionarios de Vigilancia Aduanera, carecía de la correspondiente autorización administrativa para ser un almacén fiscal y no estaba inscrita en los registros para impuestos especiales, siendo ilegales los tres depósitos que había en ella, que, además, carecían de sentido para almacenar gasóleo A.

La bomba que había en el lugar no tenía otro sentido que el intercambio de combustible entre uno y otro con fines de manipulación. Los transportes del combustible se hicieron siempre sin la preceptiva documentación. Los daños en los vehículos que adquirieron gasóleo en la estación de servicio fueron evidentes y constan acreditados.