El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite del recurso interpuesto por una mujer contra una reciente sentencia de la Audiencia de Zaragoza que estableció para un hijo menor de edad un acogimiento preadoptivo sin la previsión de visitas. El tribunal rechazó la posibilidad de un acogimiento familiar temporal con visitas para la madre al entender que no había acreditado haber superado la adicción que padecía ni la enfermedad que sufría, ni tampoco su reincorporación a su puesto de trabajo. Descartó, además, que el apoyo «ocasional» que podía prestarle la abuela materna podría modificar los riesgos que podría suponer para el menor el regreso con su madre. El Supremo rechaza enjuiciar de nuevo los hechos establecidos por la Audiencia de Zaragoza en su resolución, e insiste en valorar los argumentos dados por los magistrados para concluir que persistían riesgos para el menor derivados de su potencial vuelta con la madre.