El Registro Central de Delincuentes Sexuales ha evitado que un total de 1.110 personas que tenían alguna condena por delitos de ese tipo pudieran trabajar o ejercer cualquier labor con menores, según datos facilitados a Efe por el Ministerio de Justicia.

Precisamente, un juzgado de lo contencioso-administrativo de Zaragoza ha considerado ilegal la exigencia del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales y por tanto, pone en cuestión la legalidad de este Registro.

A enero de este año había registradas 43.988 personas con condena firme por esos delitos, una cifra algo superior a las 43.795 que había al finalizar 2017 y las 41.724 de 2016, según los datos del Ministerio.

El 1 de marzo de 2016 entró en vigor el registro para evitar que los condenados en España por delitos sexuales lleven a cabo trabajos en los que estén en contacto con menores y que incluye los datos identificativos y el perfil genético de esas personas.

Con su creación se dio respuesta a las previsiones de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de 2011 relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil.

Desde su puesta en marcha todas las personas que pretendan trabajar con menores deben presentar un certificado que acredite que no cuentan con antecedentes penales por delitos sexuales.

Sólo en 2016 se habían expedido 1.985.551 de certificaciones y, de ellas, 534 resultaron positivas, por lo que se había evitado que otras tantas personas condenadas por algún delito sexual pudieran trabajar con menores.

Mientras, en 2017 las certificaciones llegaron a 1.996.658 y los positivos, 576. En total, se evitó que 1.100 personas con sentencia firme trabajaran con menores.

El registro considera de naturaleza sexual los delitos de agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores.

Docentes, monitores de actividades extraescolares y deportivos, personal de comedores, auxiliares técnicos educativos, personal de servicios de orientación en centros educativos (pedagogos, psicólogos...), inspectores, personal de bibliotecas de colegios conductores y acompañantes de autobús escolar o pediatras son algunos de las profesiones a las que se les exige esa certificación.

Algunos organismos, como la Federación Española de Atletismo, llegó a aprobar una modificación reglamentaria por la que los entrenadores, para solicitar o renovar su licencia, deberán aportar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

El Ministerio de Justicia tiene habilitada en la portada de su página web una pestaña para poder acceder a la solicitud de los certificados.