En caso de que la jueza decida que sí hay responsabilidad por negligencia en sus acusados y sus empresas, deberá determinar también cuánto hay que pagar a al mujer. Porque las aseguradoras, subsidiariamente a la absolución, consideraron también que habría que descontar la baja por ansiedad o el segundo aborto, en el que no se menciona la malformación del feto como causa.