Una reciente sentencia de un juzgado de lo contencioso administrativo de Zaragoza da la razón al Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina en el sentido de que la tasa de edificabilidad de vivienda protegida debía ser del 30%, en lugar del 20%, en referencia a un proyecto de reparcelación.

El recurrente, un promotor privado que presentó la documentación para un proyecto de reparcelación con el fin de subsanar una serie de deficiencias, alegó en el procedimiento que el porcentaje marcado por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad era del 20%.

La propia sentencia reconoce que, «inicialmente, el PGOU estableció un porcentaje mínimo del 20% porque era lo que exigía la norma en el momento en el que se aprobó». Sin embargo, continúa la resolución, la normativa legal de la comunidad aragonesa modificó posteriormente el porcentaje inicial.

Esta legislación, que data del 2008 (mientas que el PGOU es del 2006), señala que en los municipios con población de derecho superior a 3.000 habitantes, los terrenos dedicados a VPO serán equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial prevista en suelo urbanizable y en el suelo urbano no consolidado.

Con todo, esta norma cuenta con una disposición transitoria que fija salvedades y pone plazos concretos. Y la propia parte recurrente argumentó que, al ser el PGOU del 2006, no se ha producido su revisión y, cuando esta se llevó a cabo, en el 2017, se mantuvo el porcentaje del 20%.

No obstante, ulteriores cambios legislativos y la aplicación de la normativa hicieron que ya se aplique la reserva del 30% «al haber transcurrido más de dos años desde la entrada en vigor de la ley 1/2008 de 4 de abril».

En este sentido, la sentencia estipula que en el caso de La Almunia debe aplicarse la disposición transitoria, con lo que da la razón al ayuntamiento. Sin embargo, la resolución considera que está claro que el consistorio «ha incumplido su obligación, pues no ha aplicado la reserva del 30% regulada modificando el planeamiento en su momento ni, cuando lo ha refundido, en el 2017, lo ha llevado tampoco a cabo». De hecho, la parte demandante aportó documentos municipales donde se hacía referencia al 20%.