Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Zaragoza dan luz verde al Gobierno de Zaragoza en Común (ZeC) para que, si lo desea, mantenga vigente el golpe dado en las sociedades el pasado 9 de febrero, cuando expulsó a la oposición de la toma de decisiones constituyéndose en socio único amparándose en la ley de capitalidad. Lo hace tras el recurso de inconstucionalidad presentado por el Gobierno central, que pedía la suspensión del artículo que lo había permitido, el 14.1 de esa ley. En sus conclusiones le viene a decir que puede esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie antes de 5 meses.

Aunque sea una interpretación de cómo puede ZeC actuar a raíz del recurso de inconstitucionalidad, y que ya se sabía, los letrados municipales también añaden que «cabe la posibilidad de que «sea reducido el plazo» máximo de 5 meses, y que tanto la admisión a trámite como la suspensión se prevé que prosperen por ser la «tónica habitual en esta clase de recursos».

Pero, para los intereses de ZeC, refrenda que la suspensión del artículo 14.1, «es sola y exclusivamente en su vigencia, en su fuerza de obligar, no en su validez». Ello implica, a su juicio, que a partir de la suspensión, ZeC no podría constituirse en Junta general, aplicar la ley recurrida, pero no devolver al estado anterior la decisión que se adoptó cuando la ley estaba vigente. «La suspensión de la vigencia de la ley no determina la suspensión de los efectos de los actos administrativos municipales, las actuaciones de las sociedades, las relaciones jurídicas entabladas y las situaciones generadas en aplicación de la ley aragonesa válida y vigente. Tales actuaciones mantienen su validez y eficacia en tanto no sea declarada otra cosa por la Jurisdicción», concluye el informe con fecha del pasado lunes.

REMANENTE

Por otra parte, el Gobierno de ZeC dio a conocer otro informe de la asesoría jurídica, este referido al uso del remanente del 2017, en el que se desautoriza el gasto de 2,4 millones de euros para la compra de buses eléctricos que luego sean puestos a disposición de la contrata, Avanza Zaragoza. Distingue entre legalidad presupuestaria y legalidad contractual. La segunda es la que no se cumple, ya que esta compra, advierte el documento, le compete al concesionario, no al consistorio, y su adquisición sería «contraria al contrato suscrito y en vigor».