David Giménez Amaya tenía previsto salir en el 2020 de la cárcel de Zuera, donde cumple condena por varios robos con fuerza cometidos. Unos planes que ayer se le truncaron, tras recibir una condena por violar sexualmente a su compañero de celda. La Audiencia Provincial de Zaragoza le ha impuesto siete años de prisión, si bien su abogado defensor, Pedro Jiménez, ya ha anunciado que recurrirá el fallo. Utilizó un pincho carcelario para llevar a cabo la agresión.

Los magistrados de la Sección Tercera del tribunal provincial no dudan en condenar a este interno que, durante la vista oral, reconoció el encuentro sexual aunque, según su versión, fue consentido. En aras de su inocencia alegó que no era la primera vez que lo hacían y que se habían masturbado anteriormente. Pero el informe de los especialistas del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) supuso una importante prueba contra él, tal y como reconoce la Audiencia de Zaragoza.

Destacan la lesión que la víctima presentaba en el ano en el momento en el que dio aviso a los trabajadores del módulo 1 del centro penitenciario de Zuera. Resaltan en la sentencia que en el momento en el que fueron a explorarle, el recluso presentaba sangrado, por lo que «es compatible con una dilatación forzosa».

Añaden otra prueba contraria a su versión de inocencia, debido a que los forenses observaron «una pequeña erosión superficial en el cuello compatible con la presión mencionada por el perjudicado con un objeto punzante».

17 AÑOS / David Giménez Amaya se enfrentaba inicialmente a 17 años de prisión, si bien el tribunal provincial no impone dicha pena por entender que en este caso, aunque existió intimidación al utilizarse un pincho carcelario, señalan que el objeto punzante que dice la víctima no apareció en ningún momento, a pesar de que poco después de suceder los hechos, una vez denunciados por el perjudicado, los funcionarios de prisiones registraron la celda, y no lo encontraron.

«Por ello no podemos saber sus características, pero no ha quedado acreditado en ningún momento que dicho objeto reuniera los requisitos que marca el Código Penal para agravar la pena a imponer», señalan los jueces. Otro aspecto que podía haber aumentado la condena era el hecho de que la víctima tiene reconocido por el Gobierno de Aragón un 44% de discapacidad, si bien añaden que hay un informe en la causa en el que «no se deduce la especial vulnerabilidad por razón de enfermedad o discapacidad a que se refiere el precepto legal, ya que además se escuchó su declaración por videoconferencia, y se expresaba correctamente, no pudiendo aplicarse dicha agravación de la conducta del acusado respecto de la víctima».

Los hechos tuvieron lugar el 3 de abril del 2016. Ambos compartían celda, si bien la víctima había solicitado su intención de cambiar de compañero. A las 17.15 horas de ese día, el condenado le colocó un objeto punzante en el cuello al otro hombre, a la vez que le obligó a bajarse los calzoncillos para, posteriormente, violarle. Llegó a eyacular en su ano.