El Tribunal Supremo ha admitido el recurso interpuesto por la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), en representación de la viuda e hija de un agente asesinado por Igor el Ruso junto a su compañero, contra la absolución de cuatro personas que, en las redes sociales, "cuando las víctimas aún se encontraban de cuerpo presente", lanzaron una serie de "mensajes execrables" contra los agentes.

La causa fue enjuiciada por el Juzgado de lo Penal de Teruel donde quedó probado que los acusados vertieron los comentarios en redes sociales en los que se calificaba a los agentes asesinados de "nazis", "cuerpo militar ablanda abuelas" y se afirmaba que su muerte" estaba justificada como la de los heroinómanos de los años 80", ya que habían elegido la profesión de guardias civiles.

Pese a estos hechos probados el juzgado absolvió a los acusados de los delitos de injurias a fuerzas y cuerpos de seguridad y de odio, explica el letrado Jorge Piedrafita, que representa a la AUGC.

Revocación parcial

Revocación parcial Posteriormente, en el recurso formulado por la AEGC ante la Audiencia Provincial, esta revocó parcialmente la absolución condenando a los acusados a un delito de injurias graves contra miembros de fuerzas y cuerpos de Seguridad, si bien se les mantenía la absolución por el delito del odio al entenderse que los guardias civiles no son un colectivo vulnerable merecedor de protección.

A raíz de esa resolución, la AEGC interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo, ya que se entiende que en el precepto que regula el delito de odio "en ningún caso se estableció una lista de números clausus", que en la práctica puede implicar "una discriminación entre unas víctimas y otras, y sobre todo no debe olvidarse que los agentes, además de guardias civiles, cuando se vertieron las expresiones ofensivas, "eran dos seres humanos asesinados violentamente y no se podían defender".

Para Piedrafita esto demuestra "de forma clara su condición de víctimas según reiterada jurisprudencia del mismo Tribunal Supremo y que ello sí que les hace sujetos pasivos merecedores de protección frente al delito del odio".

Invocar la libertad de expresión

En los próximos días por la acusación dirigida por el citado letrado formalizará la demanda de recurso en el plazo fijado por el supremo "pese al escaso plazo concedido para ello".

El objetivo es que se revoque la absolución totalmente y se condene por el delito de odio, "ya que la libertad de expresión nunca puede suponer una patente de corso para vulnerar los derechos dos agentes ejemplares fallecidos en acto de servicio mientras protegían a los demás".

Argumenta el abogado que "atacar a la viuda, hija y resto de familiares cuando estaban conociendo tan terrible pérdida" constituye sin duda un delito de odio. La AEGC manifiesta en este se sentido que luchará "de forma incansable para proteger sus derechos y que las acciones de incitación al odio y las injurias a víctimas en acto de servicio no puedan quedar impunes ni salgan gratis".