La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado, tras admitir un recurso de Uber, el artículo 2 del Real Decreto 1076/2017 que establecía la obligación de los titulares de licencias VTC a dar cuenta ante la administración de los viajes realizados. Esto supone que estas empresas, como Cabify en Zaragoza, ya no tendrán que registrar sus servicios en la web del Ministerio de Transportes (antes Fomento), lo cual plantea un problema importante para las instituciones aragonesas.

Este registro, y el acceso al mismo, era la herramienta que la DGA y la Policía Local de Zaragoza iban a utilizar para comprobar que Cabify cumplía con el decreto autonómico y, en concreto, con el tiempo de espera obligatorio de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio. Las empresas de VTC hasta ahora, y desde la aprobación de la normativa, tenían que dejar constancia del lugar, la fecha y la hora en la que se iniciaba un servicio, y el lugar, fecha y hora de finalización, así como la matrícula del coche y el número del DNI del arrendador y del arrendatario del servicio.

Ahora, para el Tribunal Supremo, esta obligación "crea una obligación de comunicación de datos personales de los usuarios que carece de justificación en relación con la finalidad perseguida”. “Dicha información, -prosigue- resulta irrelevante para controlar los desplazamientos del vehículo, creándose, sin embargo, una base de datos a nivel nacional que permite establecer patrones de conducta en relación con la movilidad y la utilización del servicio de personas físicas perfectamente identificadas, lo cual […] tiene una clara incidencia en la esfera de derechos protegidos por la normativa de protección de datos”.

Esta obligación, por otra parte, no ha sido asumida hasta el día de hoy por Cabify ya que hasta el día de ayer solo habían registrado un viaje de los 1.500 que la empresa dice haber hecho en su primera semana de actividad. Lo que hasta ahora era un incumplimiento de la normativa vigente, hoy está amparado por el Tribunal Supremo. La sentencia llega después de que la Audiencia Nacional, el pasado mes de febrero, tomara la decisión contraria. Tras el recurso de Uber, el Supremo les ha dado finalmente la razón.

Ahora, son las instituciones aragonesas las que tendrán que ingeniárselas para controlar la actividad de Cabify en Zaragoza. Estaba previsto, según comunicaron el martes la concejala de la Policía Local, Patricia Cavero, y el director general de Transportes de la DGA, Gregorio Briz, que esta semana los agentes municipales tuvieran acceso al registro de Fomento, pero ahora queda todo en el aire.

Fuentes del Gobierno de Zaragoza aseguran a este periódico a que los controles a los coches de Cabify se van a seguir llevando a cabo aunque no haya registro, ya que existen otras formas de inspeccionar la actividad. Desde el pasado octubre, comentan, las patrullas de la Policía Local de Zaragoza ya cuentan con la información necesaria para saber qué y cómo tienen que vigilar en cuanto a la actuación de la multinacional de vehículos de alquiler con conductor. “Es el Gobierno de España el que ha legislado mal así que les toca a ellos arreglarlo. La sentencia no dice que no tenga que existir registro, sino que el problema es el registro actual tal y como está planteado”, explican desde el consistorio.

En la Dirección General de Transportes del Gobierno de Aragón se considera que el fallo del Tribunal Supremo es perjudicial para los intereses y acuerdos de consenso adoptados en Aragón tanto con el sector del taxi como con las VTC tradicionales. Gregorio Briz ha señalado que “nos hemos puesto en contacto con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para coordinar las acciones, conocer qué se puede hacer y reorientar la situación”.

Gregorio Briz ha señalado que “vamos a seguir con el plan previsto de inspección conjunta con la Policía Local porque, si bien la sentencia se refiere al registro electrónico, todavía tenemos varios puntos del Decreto Ley que deberán cumplirse”. Por un lado, que los servicios cuenten con la hoja de ruta o que no estén estacionados o circulando por la vía pública a la espera de clientes”. Desde el Gobierno de Aragón se destaca que la precontratación del servicio con quince minutos de antelación es una medida muy útil para frenar la competencia desleal con el sector del taxi “por eso vamos a explorar qué otras formas de inspección podemos usar, diferentes del acceso al registro, para confirmar que se cumple con la precontratación”.

Briz ha indicado que “no estamos de acuerdo con el fallo porque entendemos que el registro es una herramienta útil en la que se almacenan datos que las empresas tienen de todas maneras y que nos servirían para garantizar una defensa más justa del mercado del transporte de viajeros en igualdad de condiciones”. De cualquier modo, y como no podría ser de otra forma, desde el Gobierno de Aragón "respetan", aclaran, las decisiones y fallos judiciales.

Desde la Asociación Provincial de Auto-Taxi de Zaragoza, su presidente, Mariano Morón, lamenta el sentido de la sentencia pero asegura que no están “alarmados”. “Era importante y nos hubiera gustado que no hubiera sido así, pero hay otros muchos aspectos que se pueden tener en cuenta para vigilar que Cabify cumple con la normativa”, aclara Morón. A lo largo de esta semana, esta asociación, que ha encabezado las protestas contra la llegada de la empresa de VTC a Zaragoza, ha pedido en más de una ocasión que la policía haga controles aleatorios en la calle y que vigile las “zonas calientes”, es decir, calles con locales de ocio en las que Cabify tratan de captar clientes, algo que tienen prohibido. La contratación de estos servicios solo se puede realizar a través de la app y los chófers siempre han de partir desde su base.