El Tribunal Supremo ha ratificado las condenas de tres años de prisión impuestas a dos zaragozanas por la apropiación indebida de 1,1 millones de euros mediante un fraude empresarial llevado a cabo con transferencias y cheques de fondos de la sociedad a sus cuentas particulares.

Ambas fueron condenadas por la Audiencia de Zaragoza hace ahora un año, a raíz de la denuncia interpuesta por una consultora inmobiliaria de Barcelona, Diagonal Gest SL, con la que acordaron en junio del 2003 la constitución de una filial en Zaragoza.

Las condenadas, al frente de Diagonal Gest Aragón SL, realizaron entre enero del 2009 y noviembre del 2012 un total de 119 transferencias por 713.451 euros a cuentas propias, a las del esposo de una de ellas o a la de una sociedad constituida por ambas, Gotor Larumbre SL.

Además, emitieron 130 cheques por un total de 460.718 euros y otros 91 por 129.071 euros más cuyo destino final se declaró desconocido por el tribunal.

El acuerdo suscrito con la sociedad matriz les permitía a las acusadas disponer de poderes para hacer operaciones bancarias individuales hasta 6.000 euros, y conjuntas hasta 30.000, lo que, subraya la sentencia, motivó la realización de cientos de transferencias.

La crisis inmobiliaria de 2011 sacó a la luz en la contabilidad de la filial impagos de obligaciones por un total de 731.521 euros, cuyo pago asumió la sociedad matriz, que denunció a las acusadas por apropiación indebida, administración desleal y estafa.

La sentencia fue recurrida por las dos mujeres ante el Supremo, al entender que no se habían valorado que podían recibir recibir dividendos, bonificaciones y complementos salariales, que eran «simples trabajadoras» y que la contabilidad general era «caótica».

Pero el Tribunal Supremo respalda las tesis de los magistrados de la audiencia zaragozana y asume que las acusadas no solo eran quienes controlaban la sociedad filial, sino que actuaron en los márgenes contables que les permitía el acuerdo para delinquir.