El Tribunal Supremo ha profundizado en una de sus últimas sentencias en el plus de credibilidad que se debe otorgar a las víctimas de violencia de género en el proceso penal, en su doble condición de testigos y damnificadas. El Alto Tribunal incide en la «perspectiva de género» en un fallo en el que ratifica la condena de 14 años y 8 meses de cárcel para Gonzalo A. F., el hombre que en noviembre del 2015 viajó desde la localidad zaragozana de Belmonte de Gracián a la alicantina de El Altet con intención de matar a su exmujer, que se había refugiado allí con sus padres.

El hombre fue condenado por la Audiencia Provincial de Alicante a la citada pena por delitos de tentativa de asesinato, quebrantamiento de medida cautelar, allanamiento de morada y tenencia ilícita de armas. En su recurso ante el Supremo, alegó entre otras cosas que la sentencia había dado más credibilidad a la versión de la víctima que a la suya, en un momento en que estaban solos.

Esto no es inusual en otros delitos, por ejemplo los sexuales, que habitualmente suceden en la intimidad. Pero los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo van más allá de este ejemplo, al incidir en la situación de la víctima de violencia de género, en un caso paradigmático como este.

VICTIMIZACIÓN

Así, recuerdan, la víctima ya había denunciado a su agresor cuando vivían en Belmonte, fruto de lo cual pesaba sobre él una orden de alejamiento dictada por un juzgado de Calatayud. Más allá de esto, la víctima tomó «medidas de autoprotección» como irse a vivir a Alicante con sus padres. Los jueces inciden en que esta necesidad «evidencia la situación de muchas víctimas», y también la «victimización de menores» que supone que, como en este caso, la madre se tenga que llevar al hijo lejos de su casa, ambiente y amigos, en una situación de «huída». Se trata de una «perspectiva de género» que «obliga a reflexionar» en estas agresiones.

El hombre cogió unos cartuchos, un pasamontañas y escribió una carta en la que indicaba que se casó con su mujer «hasta que la muerte nos separe» , y que lamentablemente iba a ser pronto. Lo sentía por su hijo, escribió, que se iba a quedar sin padres, una muerta y el otro en la cárcel. Así, cogió el coche y viajó 450 kilómetros hasta El Altet, saltó la valla del chalet y se ocultó hasta ver a su exmujer, al amanecer.

Según esta, la abordó por detrás, apuntó con la escopeta y le dijo «de esta, te mato». Ella apartó el cañón y huyó, pero él le disparó por la espalda, hiriéndola. Sus padres salieron de la casa y pusieron en fuga al agresor.

Él negó la amenaza y dijo que le disparó por error, cuando quería asustarla para que le escuchara. Pero el Supremo, como la Audiencia de Alicante, no tiene dudas de la mujer. Para el Supremo, las víctimas de violencia de género son «testigos privilegiados», a los que hay que prestar especial atención en cuanto a su «experiencia o gestos» en la vista.

Sin darles presunción de veracidad, sí hay que modular la influencia de la «enemistad» con el agresor, lógica, o el hecho de que tarden en denunciar, enmarcable en su «especial situación psicológica», inciden los jueces.