Manuel Calahorra Jiménez sumó ayer su décima condena por estafa desde enero del 2015, fruto de una sencilla técnica que había convertido en su modo de vida: ofrecer apartamentos de alquiler falsos en internet y quedarse las fianzas que le pagaban por ellos. En esta ocasión le tocó visitar Zaragoza, de donde era una de sus víctimas, estafada el año pasado. Este caso se saldó con 20 meses de cárcel, y con esta nueva condena, tal como entró en la Audiencia Provincial de Zaragoza, salió.

El caso de ayer es calcado a los que le han supuesto las nueve condenas anteriores, y a los al menos cinco que le quedan pendientes de juzgar, por toda España. En esta ocasión la víctima, una zaragozana, vio una reseña enuna web de anuncios sobre un apartamento en la localidad alicantina de Benidorm, asociado a un número de móvil, que resultó ser de Calahorra. Este le indicó el número de cuenta donde podía depositar los 200 euros de fianza. Así lo hizo, y no volvió a saber de él ni del apartamento.

Esto sucedió en mayo del año pasado, y un mes después, la Policía Nacional registró la casa del condenado, con su consentimiento, y encontró entre otros efectos varios teléfonos móviles y tarjetas (entre otras, la del número que utilizó con la zaragozana), varias tarjetas de crédito, un talonario de cheques y 565 euros en efectivo.

LUCRATIVO / También tenía giros postales y anotaciones de ingresos por un valor conjunto de unos 5.000 euros, según fuentes jurídicas consultadas, fruto de su lucrativa actividad estafadora.

No se sabe muy bien por qué, las distintas causas con idéntico sistema las están juzgando en las ciudades o comunidades autónomas de donde eran las distintas víctimas, en lugar de haberse acumulado en una causa por su evidente conexidad jurídica. Esto ha causado que, si ha llegado a entrar en prisión desde enero del 2015, cuando tuvo la primera condena, Calahorra haya tenido al menos el tiempo suficiente para retomar la actividad a lo largo de la primavera del 2016.

De hecho, inicialmente, en el caso de ayer la Fiscalía le pedía 6 años por la multirreincidencia; pero había un error de calificación, ya que en el tipo de estafa por el que le acusaban ya venía contemplada esta variante de práctica habitual. Así que, correctamente formulada la acusación y teniendo en cuenta que devolvió los 200 euros a la víctima, la pena a sumar se quedó finalmente en otros 20 meses.