La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a tres años de prisión a José Ignacio G. G. por abusar sexualmente de la hija de ocho años de una amiga suya, que la había dejado a su cargo por un viaje. Los magistrados han dado plena credibilidad al testimonio de la menor, avalada por los forenses, y además de la pena de cárcel le imponen cinco años de libertad vigilada, otros tantos de alejamiento a 200 metros de la víctima y 3.000 euros de indemnización.

Según los hechos que han quedado probados, el condenado se quedó a solas con la menor porque la madre de esta tenía que irse de viaje dos días para hacer un curso en Madrid, y le pidió el favor de que la cuidase por la noche, como íntimo amigo suyo que era por aquella época.

Los hechos sucedieron la noche del 26 al 27 de septiembre del 2017 en el domicilio de la madre, en Zaragoza capital. Por la noche, el hombre se echó a dormir en la misma cama de la niña.

TESTIMONIO

Según relató la madre en el juicio, protegida por un biombo, su hija la llamó con el móvil de la cuidadora -al parecer porque el hombre no le había dejado hacerlo con el suyo- para decirle que su amigo «era malo y que le había hecho algo malo».

En concreto, según el testimonio de la menor que corroboró ella misma, él le pidió que durmieran juntos, y mientras ella estaba dormida notó cómo le bajó el pantalón y «le puso la cola en el culo, y después se le había meado encima». La niña pasó mucha vergüenza y se fue al baño a limpiarse, y afirmó que creyó «que era una pesadilla y se pellizcó para despertar».

El acusado, defendido por el letrado Pedro Luis Martínez Ruiz, afirmó en la vista que durmieron en habitaciones distintas. Además, no se hallaron muestras de ADN que permitiesen obtener un perfil genético del acusado, afirmaron los investigadores de la Policía Nacional en la vista.

El abogado hizo valer esta falta de pruebas en el juicio, pero los magistrados dan plena verosimilitud al testimonio de la niña, cuya validez fue avalada por los forenses, que la consideraron «creíble», además de destacar que tanto la ausencia de lesiones como el hecho de que estuviera entre «soprendida y asustada» casaban con su relato.

Lo que no aprecian los magistrados es ninguna agravante de las que pedía la acusación particular, ejercida en nombre de la familia de la niña por Vanessa Sánchez Serrada, por lo que le imponen tres años de cárcel en lugar de los seis que pedían. El fallo es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.