La Sección Primera de la Audiencia de Zaragoza ha condenado a tres años de cárcel y a una indemnización de 5.000 euros a Fredy Alejandro Vásquez Villena, de 41 años, por un delito de abuso sexual. Asimismo ha sido condenado a cinco años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión. La sentencia no es firme, ya que ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

El tribunal considera probado que el acusado, entre 2013 y 2017, sometió a tocamientos y besó en distintas fechas, aprovechando que su amistad con los padres de ella hizo que alcanzara gran «familiaridad».

Según el relato fáctico, en el 2013, cuando la víctima tenía 9 años, la besó en los labios. Asimismo, tras regresar de su país de origen (Ecuador), donde estuvo menos de dos años, ya en el año 2016, el acusado realizó diversos tocamientos en lugares como el domicilio familiar, el ascensor o en la playa durante las vacaciones.

Concretamente, según la sentencia, el 24 de junio del 2017, el acusado entró en la habitación donde dormía la niña y su hermano menor y, pretextando jugar con este, aprovechó la situación para besar de nuevo en la boca a su víctima. Además le chupó el cuello y le tocó los pechos, así como la zona genital por encima y debajo de la ropa, «maniobras que pudo apreciar parcialmente» el hermano. La pequeña, días después, reveló a sus padres lo sucedido.

SIN SECUELAS

Como consecuencia de los hechos, la menor presentó una serie de síntomas compatibles con un cuadro de estrés postraumático moderado, habiendo necesitado tratamiento psicológico, sin que se observen secuelas.

En los fundamentos de Derecho, la resolución establece que existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia y subraya la «plena credibilidad» del testimonio de la víctima, avalada por dos informes psicológicos.

Asimismo, señala que no consta acreditado que fuera el ánimo lúbrico el determinante del beso que recibió la menor en 2013, con 9 años, que también lo entendió de esa manera. En cambio, la sala considera probados los hechos ocurridos el 24 de junio del 2017.