Enésimo revés judicial para el Consorcio del Museo de Lérida en el que permanecen más de un centenar de obras sacras aragonesas que deberían haber devuelto a las diócesis de Barbastro-Monzón y Huesca, tal y como ha ordenado reiteradamente el Vaticano. En este caso, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo rechaza el recurso interpuesto por el consorcio contra la declaración del frontal del altar mayor de la parroquia de Berbegal como Bien de Interés Cultural por parte del Gobierno de Aragón.

El consorcio leridano --integrado por la diputación provincial, el ayuntamiento de la capital catalana, el consejo comarcal del Segriá, la Generalitat y el obispado-- presentó recurso de casación tras la sentencia del TSJA en la que avalaba el derecho del Gobierno de Aragón a proteger patrimonialmente esta pieza, una de las de más valor histórico y artístico de cuantas se exhiben en el museo leridano.

Sin embargo, el auto redactado por el Supremo no deja lugar a ningún tipo de dudas y asegura que el recurso interpuesto por el consorcio "carece de los requisitos mínimos precisos para ser admitido" por no motivarse con los requerimientos propios que marca la legislación, "ya que la confusión y el desviado planteamiento de los motivos" en los que debe fundarse el recurso "impiden al Tribunal el enjuiciamiento".

En la misma línea, el Supremo también advierte de que en el recurso se alude a una sentencia del Constitucional y el Supremo no puede entrar a valorar ni una sentencia ni la doctrina de este tribunal. En este fallo, el Supremo condena al consorcio a pagar las costas procesales, que fija en 2.500 euros. Este fallo es el tercero que se produce en tan solo un mes en el que el Alto Tribunal da la razón a las argumentaciones aragonesas que permiten al Ejecutivo autonómico catalogar y proteger los bienes aragoneses, a pesar de que estos continúan retenidos y expuestos en el museo de Lérida.