El sistema de libre designación no podrá emplearse para cubrir determinadas plazas en la Diputación Provincial de Zaragoza, como sucedía hasta ahora, y será obligatorio emplear el procedimiento del concurso. Así lo ha decidido el Tribunal Supremo (TS) al no admitir un recurso de la institución contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en la que se anulaba esta forma de elección discrecional para cubrir las plazas de jefes de servicio, técnico de Administración General, administrativo y auxiliar de la Agencia de Planeamiento y Desarrollo Municipal y la de inspector jefe del Servicio Provincial de Extinción de Incendios.

Este proceso judicial, que ya había obligado a realizar cambios en la designación del personal, fue instado por la representación de Comisiones Obreras (CCOO) en el organismo.

Para la organización sindical la diferencia entre ambos sistemas es "fundamental". Mientras que en la libre designación, la "confianza política" del candidato tiene más peso que la carrera profesional, el concurso "permite optar a todos los puestos de la función pública en igualdad de condiciones bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, evitando la arbitrariedad que conlleva la libre designación", según señaló ayer CCOO en una nota.

Una de las razones dadas por el Supremo para inadmitir el recurso es que la sentencia "no hace sino aplicar la doctrina reiterada en relación con el sistema de libre designación de los puestos de trabajo". Esta doctrina dice que la libre designación tiene un carácter extraordinario y para que un puesto sea cubierto por este sistema es preciso demostrar, y no solo motivar formalmente, que ese puesto no puede ser cubierto por los procedimientos ordinarios.